P. Rico-Gobernadora firma ley que consolida en una sola licencia la autorización para poseer y portar armas

La gobernadora tras la firma./Inter News Service

San Juan, 11 dic (INS).- La gobernadora Wanda Vázquez Garced firmó la Ley 168 de 2019, que crea la “Ley de Armas de Puerto Rico de 2020”.

La ley persigue, entre otras cosas, consolidar en una sola licencia la autorización para poseer y portar armas de fuego, incluyendo licencia de tiro al blanco.

Además, se abaratan los costos que conlleva obtener la licencia.

De igual forma, elimina el requisito de solicitar, a través del tribunal, la licencia de porte de armas de fuego.

La norma está dirigida a reconocer los derechos de aquellos ciudadanos de ley y orden que desean tener un arma de fuego para su protección, mientras se reafirma la facultad que tiene el Estado para regular y limitar dicho derecho.

“Ante eventos recientes, decidí solicitar que se reconsiderara la medida previo al cierre de la sesión legislativa, para que se incluyera lenguaje que faculte a la policía a intervenir, investigar, revisar y corroborar el uso de las municiones y armas de fuego por una misma persona cuando la compra de dichas municiones exceda la cantidad de veinte mil (20,000 dólares) dólares al año o la compra de armas que se exceda de diez al año”, expresó la mandataria.

Vázquez Garced aclaró que también solicitó que se restituyera la presunción de que aquella persona que sea detenida con un arma de fuego sin tener licencia, se presuma que posee el arma con la intención de cometer un delito.

De igual forma, pidió que se mantuvieran las penas y disposiciones penales inalteradas a la ley actual, que son un disuasivo para aquellos que portan o utilizan armas de manera ilegal.

La nueva Ley de Armas establece un procedimiento expedito mediante el cual se podrá otorgar a las víctimas de violencia doméstica y acecho, a quienes un tribunal les haya expedido una orden de protección, y que así lo soliciten, una Licencia de Armas Especial, sin costo alguno, con una vigencia temporal de 90 días.

La persona deberá solicitar la licencia regular y cumplir con los requisitos pertinentes durante esos 90 días.

En caso de no someter su solicitud, deberá entregar aquellas armas y municiones que posea, conforme a esa licencia temporal.

Como parte de la evaluación para emitir una licencia de armas, el Negociado de la Policía tendrá que asegurarse que el peticionario no haya sido ingresado a tratamiento al amparo de la Ley 408 de 2000, como consecuencia de una incapacidad mental.

Igualmente, el negociado deberá hacer una investigación de archivos digitales de cualquier agencia de Puerto Rico o Estados Unidos, incluyendo los archivos del National Crime Inforomation Center (NCIS), del National Instant Criminal Background Check System (NICS), el Sistema de Información de Justicia Criminal (SIJC-PR) y el Registro Criminal Integrado (RCI) para validar la identidad y el historial del solicitante.

Las personas convictas por delitos bajo la nueva ley podrán ser consideradas por la Junta de Libertad Bajo Palabra para otorgar este beneficio al cumplir el 75% de la pena impuesta, igual que ocurre en la actualidad para la inmensa mayoría de los delitos tipificados en el Código Penal y otras leyes especiales.

A su vez, la medida permite que en las armerías con polígonos las personas mayores de 21 años que no tengan licencia de armas, que presenten una identificación oficial con foto y tomen un curso conducente a la certificación de uso y manejo de armas, puedan alquilar armas y comprar municiones para practicar en dichos predios.

En estos casos, bajo ninguna circunstancia se permite que las armas y municiones alquiladas sean retiradas del polígono por la persona sin licencia, ya que el armero tiene la responsabilidad de asegurarse que le devuelvan las municiones no usadas ya que, de lo contrario, incurriría en delito por venta de municiones a personas sin licencia.

“Esta Ley de Armas faculta también al comisionado, para que cuando tenga motivos fundados y sospecha razonable, de forma pasiva, haga las investigaciones que estime pertinentes después de otorgarse la licencia al peticionario, para investigar las querellas presentadas por proveer información falsa en contra de la persona con licencia de armas,” añadió la gobernadora.INS

lp

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