P. Rico-Segundo período de ventas sin IVU comenzará a la medianoche del viernes

San Juan, 31 dic (INS).- El segundo período de ventas libres del Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) por el regreso a la escuela comenzará a la medianoche del viernes 3 de enero y concluirá a las 11:59 PM del sábado 4 de enero de 2020.

Así lo informaron el secretario del Departamento de Hacienda, Francisco Parés Alicea, y la secretaria del Departamento de Asuntos al Consumidor (DACO), Carmen Salgado.

El titular de Hacienda resaltó que la información y lista detallada de los artículos exentos del pago de IVU se incluye en la carta circular de Rentas Internas 19-11 emitida el 17 de mayo de 2019, disponible en www.hacienda.pr.gov .

Según lo dispuesto en la sección 4030.20(c) (1), del Código de Rentas Internas de Puerto Rico 2011, según enmendado, el término “uniforme escolar” es el vestuario que está específicamente requerido por la institución educativa y que no puede tener un uso general o continuo fuera de la escuela, para sustituir la ropa ordinaria.

Además, se consideran uniforme escolar las piezas de ropa y calzado que complementa una o más piezas del uniforme, según lo específicamente requerido por la entidad educativa.

Los materiales escolares exentos del pago son definidos como artículos comúnmente utilizados por un estudiante en un curso de estudio, tales como carpetas, bulto escolar, calculadora, cinta adhesiva, tiza, compás, crayolas, gomas de borrar, cartapacios, acordeones, expansibles, plásticos y sobres manila, pega adhesivo y adhesivo en barra, además de marcadores, incluyendo los fluorescentes.

Asimismo, se añaden las tarjetas de afiche (index cards), cajas para almacenar, loncheras, marcadores, papel suelto, papel con líneas para libreta de argollas, papel para copias, papel cuadriculado, papel de calcar, papel manila, papel de color, cartulina y papel de construcción.

De igual forma, están exentas las cajas de lápices y otras cajas de materiales escolares, lápices, bolígrafos, transportadores (protractors), reglas, sacapuntas y tijeras.

Están contenidos medios de almacenaje de computadora (storage media), incluyendo discos, discos compactos y memorias (flash drives).

También están exentos materiales de arte, de música y escolares instructivos como barro y esmaltes, pinturas, incluyendo acrílicas, de témpera y de aceite, brochas para trabajo de arte, libretas de dibujo y de bosquejos, acuarelas, instrumentos musicales, mapas y globo terráqueo de referencia.

Los libros impresos están exentos del pago del IVU durante todo el año.

En el caso de compras por correspondencia, teléfono, correo electrónico o internet, la compra cualificará para la exención de IVU cuando el artículo sea pagado y entregado al comprador durante el período de exención.

Los uniformes escolares no incluyen: hebillas de correa vendidas por separado; máscaras de disfraz, parches y emblemas; equipo, artículos y materiales de coser; accesorios o equipo de ropa tales como maletines y cosméticos.

Tampoco se incluye el equipo protector contra lesiones o enfermedades, como mascarillas y capacetes ni equipo deportivo o recreativo.

Mientras, Carmen Salgado exhortó a los comercios a velar por la rotulación de los efectos escolares aplicables a la exención contributaria.

“Es importante que la rotulación sea clara, precisa y libre de interpretación para evitar confusión en los consumidores. Queremos que la mayor cantidad de ciudadanos aprovechen al máximo las 48 horas libre de impuesto”, expresó la funcionaria.

Asimismo, aseguró que estarán vigilantes para “salvaguardar los intereses de los consumidores de cara al período libre de IVU a ciertos artículos escolares”.

Para más detalles sobre las ventas por correspondencia, teléfono e internet y otras vías de compras, puede referirse a la carta circular de Rentas Internas 19-11 en la página del Departamento de Hacienda o entrando a la dirección http://www.hacienda.pr.gov/publicaciones/carta-circular-de-rentas-internas-num-19-11-cc-ri-19-11 .

También puede aclarar dudas llamando al 787-622-0123, opción 8. INS

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