
Directivos de Participación Ciudadana ofreciendo detalles sobre la nueva legislación penal dominicana. (Fuente externa). Inter News Service
Santo Domingo, 7 jul (INS).-El movimiento cívico Participación Ciudadana recomendó la puesta en vigencia del nuevo Código Penal Dominicano cuando concluya el plazo establecido para su aplicación, en agosto de este año, pese a reconocer que la legislación presenta debilidades que deben ser enmendadas.
Dijo estar en desacuerdo de extender el período de «vacatio legis», por lo que entiende que lo adecuado es que la normativa comience a aplicarse en la fecha prevista, mientras se impulsan las modificaciones necesarias.
El término vacatio legis es el período que transcurre entre la publicación de una norma y su entrada en vigor, destinado a permitir que los destinatarios la conozcan y se preparen para su cumplimiento.
En un comunicado emitido por su Consejo Nacional, con fecha del 6 de julio de 2026, Participación Ciudadana señaló que las correcciones al Código Penal pueden realizarse antes o después de su entrada en vigencia, pero que deben concretarse con rapidez.
Indicó que estas correcciones pueden impulsarse tanto desde el Congreso Nacional como mediante decisiones del Tribunal Constitucional, que ya conoce algunos aspectos relacionados con la nueva normativa.
Señaló que entre los puntos que requieren revisión está la inclusión de las tres causales del aborto como eximentes de responsabilidad penal, con el objetivo de proteger la salud y la dignidad de las mujeres.
También planteó la necesidad de revisar la penalización de delitos como la difamación e injuria, así como el ultraje, al considerar que deben despenalizarse en línea con tendencias internacionales para garantizar la libertad de expresión, la difusión del pensamiento y el ejercicio del periodismo.
Destacó que el documento incorpora cerca de 70 nuevos tipos penales en áreas consideradas sensibles, entre ellas la violencia de género e intrafamiliar, donde se incluye el feminicidio; los cibercrímenes y delitos tecnológicos; delitos financieros y de corrupción, además de figuras como genocidio, crímenes de lesa humanidad, sicariato, auto-secuestro y obstrucción de la justicia.
En materia de lucha contra la corrupción, la organización resaltó que la normativa legal establece sanciones para diversas conductas relacionadas con el manejo irregular de recursos públicos.
Entre las figuras incluidas se encuentran el tráfico de influencia, los conflictos de intereses, la alteración de precios, los acuerdos ilícitos entre comerciantes, la obtención de beneficios mediante concesiones fraudulentas, la sobrevaluación ilegal, la distracción de recursos con participación de funcionarios públicos y los pagos irregulares vinculados a contratos administrativos.
Asimismo, señaló que dispone que las infracciones contra el patrimonio público tendrán un plazo de prescripción de 20 años y que, cuando una persona incurra en varias conductas que constituyan diferentes delitos, podrán aplicarse las penas correspondientes a cada infracción.
Participación Ciudadana sostuvo que el Poder Legislativo debe asumir la responsabilidad de corregir los aspectos que considere necesarios del Código Penal aprobado, antes de que este entre plenamente en aplicación.
Tras la aprobación, las reacciones no se hicieron esperar. Para algunos sectores se trata de un hito jurídico que moderniza un texto anclado en el siglo XIX. Para otros, un retroceso en materia de derechos fundamentales y libertades públicas.
En la víspera de que entre en vigencia esa legislación reformada, el debate sobre su contenido vuelve a colocarse en el centro de atención, ya que diversos sectores jurídicos, médicos y de la sociedad civil cuestionan algunos de los delitos tipificados, las penas establecidas y varias exclusiones que contempla la legislación, mientras crecen las solicitudes para revisar el texto antes de que comience a aplicarse.
A pesar de que la reforma busca modernizar una normativa con más de un siglo de uso, las diferencias se centran en dos aspectos principales: qué conductas deben ser consideradas delitos y cuáles deberían quedar fuera del ámbito penal.
Algunos de los puntos que más se debaten son la penalización del aborto, la responsabilidad penal ante la negligencia médico, los delitos relacionados a la difamación e injuria, las reglas sobre la corrupción administrativa y la ausencia de protección frente a la discriminación debido a la orientación sexual.
Asimismo, uno de los sectores que expresó mayor preocupación es el Colegio Médico Dominicano (CMD), que presentó una acción ante el Tribunal Constitucional (TC) contra varios artículos relacionados con la responsabilidad penal de personas físicas y jurídicas.
El gremio impugnó el artículo que sanciona la expedición de certificados médicos falsos y advirtió que la redacción de algunas disposiciones podría fomentar la llamada “medicina defensiva”, al exponer a los profesionales a procesos penales incluso cuando actúan para preservar la vida de un paciente.
Justo este martes, la entidad inició un paro nacional de los servicios públicos de salud por 24 horas en protesta por el arresto del cirujano bucomaxilofacial Williams Radhamés Almánzar Escarramán y de su hermano, Franklin Almánzar, en la provincia La Vega (región norte). Ambos fueron arrestados por el Ministerio Público bajo acusación de presunta mala práctica médica en un procedimiento quirúrgico de extracción de molares a una señora.
Según el órgano persecutorio de delitos, la paciente acudió el 17 de enero de 2026 al consultorio, donde Franklin Almánzar le administró anestesia y procedió a golpear con instrumentos de odontología.
La intervención se extendió por horas y, conforme a una certificación médica de febrero de 2026, la dama querellante presentó fuertes dolores, nervios atrofiados y edema facial. Otros odontólogos confirmaron daños a su salud bucal.
Se imputa a los dos galenos la complicidad y el ejercicio ilegal de la odontología sin exequátur. El caso califica jurídicamente como violación a artículos del Código Penal y Ley No. 42-01, con riesgo de lesiones que podrían causar la muerte. INS
mv
CÓDIGO PENAL-01-INS
Directivos de Participación Ciudadana ofreciendo detalles sobre la nueva legislación penal dominicana. (Fuente externa). Inter News Service
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