P.Rico-Proponen el “Mindfulness” como alternativa de tratamiento dee salud

San Juan, 7 may (INS).- El representante Joel Franqui Atiles, ante la necesidad en buscar alternativas, promover y restaurar la salud mental de la población, sometió el proyecto de la Cámara 1038, que busca incluir el método alterno “Mindfulness” como tratamiento médico.
Franqui Atiles mencionó que ante la alta tasa de suicidios, condiciones de depresión, estrés y ansiedad propone que se incluya en la “Ley de Salud Mental de Puerto Rico” viabilizar mecanismos alternos reconocidos por la comunidad científica, siempre y cuando, cumplan con los criterios y necesidad médica justificada para determinada terapia.
“Se están viviendo momentos difíciles, cada día se reportan más personas con condiciones depresivas y ansiedad, pero el mundo de la psicoterapia está en plena revolución con las terapias de Mindfulness que están demostrando una gran efectividad y concepto de bienestar emocional”, explicó el legislador.
También indicó que la especialización en psicoterapias integrativas “empieza a ser requisito indispensable para la profesión de los médicos y debemos atemperarnos a los tiempos. Debe ser considerado como una alternativa a la psicoterapia tradicional”.
Asimismo, explicó que actualmente existen multitudes de estudios que certifican el “Mindfulness”.
Dio de ejemplo el estudio realizado por el doctor David Creswell, de la Universidad Carnegie Mellon, en el que un grupo de personas desempleadas con altos niveles de estrés y ansiedad aprendieron la base de la práctica de atención plena y los resultados fueron positivos.
“El Mindfulness ayuda a regular las emociones, a afrontar el estrés y la depresión y mejora la salud física y mental. Existe evidencia sostenible de que funciona, así que entendemos se debe incluir esta práctica dentro de los servicios de salud mental de Puerto Rico”, opinó.
Además, asiste a los pacientes a regular emociones y afronta el estrés por lo que será beneficioso para los pacientes tener acceso a este tipo de servicio.
EL proyecto busca enmendar los artículos 3.06 y 6.03 de la Ley 408 de 2000 (“Ley de Salud Mental de Puerto Rico”), sin embargo las disposiciones no serán de aplicación a las oficinas de profesionales de salud mental en la práctica privada.
No obstante, los profesionales deberán orientar al paciente sobre las opciones de tratamiento para su condición, sobre las que ellos recomiendan y sobre cuáles de estas podrían proveerles a base de los síntomas y signos e impresión diagnostica al momento de la evolución inicial.INS
lp