P. Rico-Negociado de Energía resuelve en contra de Luma Energy en querella presentada por Maximo Solar Industries 

En la querella, Máximo Solar denunció que Luma Energy estaba haciendo caso omiso al procedimiento, dispuesto en la Ley 17 de 2019, para la interconexión automática a la red de AEE de sistemas de generación fotovoltaica./ Inter News Service

San Juan, 4 abr (INS).- El Negociado de Energía de Puerto Rico resolvió a favor de Máximo Solar Industries en relación con la querella NEPR- QR-2020-0029 presentada por la empresa contra la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) y Luma Energy en 2020, por incumplimiento con la política pública energética de la isla. 

En la querella, Máximo Solar denunció que Luma Energy estaba haciendo caso omiso al procedimiento, dispuesto en la Ley 17 de 2019, para la interconexión automática a la red de AEE de sistemas de generación fotovoltaica o renovable con capacidad de generación de 25 Kilovatios (KW) o menos. 

«Cuando un ciudadano instala un sistema de energía solar tiene el derecho a solicitar a Luma que su sistema se interconecte a la red eléctrica para recibir el beneficio de medición neta. Esto significa que luego de que su sistema renovable suple en todo o en parte su consumo de energía, el exceso de energía, si alguno, se exporta al sistema eléctrico de la AEE», explicó Máximo Torres, presidente de Máximo Solar.  

De acuerdo con la Ley 17, se supone que esto pasa de forma expedita, no más tarde de 30 días, una vez la persona registra su sistema en el portal de Luma Energy.

No obstante, según la querella NEPR-QR-2020-0029, presentada por Máximo Solar y a la cual luego se sumó otro caso similar, Luma Energy estaba demorando hasta cinco meses en completar el proceso. «La ley es clara. El término de treinta días para que se refleje la medición neta a los consumidores es mandatorio y no discrecional, y comienza a transcurrir al momento en que se notifica a la Autoridad de Energía Eléctrica o Luma, la certificación del generador distribuido instalado, emitida por un ingeniero profesional o un perito electricista licenciado. Luma, convenientemente aludía que los 30 días eran a partir de que ellos realizaran una evaluación, lo que es improcedente porque no les corresponde evaluar, sino simplemente registrar el sistema», dijo Torres.INS

lp

Attachments

  • jpg luma edificio
    El consorcio LUMA Energy no asume responsabilidad por la crisis eléctrica. Inter News Service
    Tamaño de archivo: 256 KB Descargas: 123