R.Dominicana-Consideran es inconstitucional el decreto presidencial que califica a bandas haitianas como terroristas

Imagen de una de las pandillas causante de la violencia y crímenes en Haití. Inter News Service

Imagen de una de las pandillas causante de la violencia y crímenes en Haití. Inter News Service

Santo Domingo, 1 mar (INS).- El decreto firmado por el presidente de la República, Luis Abinader, que declara a las bandas criminales haitianas como organizaciones terroristas, ha generado cuestionamientos entre juristas debido a que consideran que choca con las normas o convenios internacionales.

Algunos consideran que la medida es inconstitucional por sus implicaciones jurídicas y sopesan los posibles efectos diplomáticos.

El abogado penalista Cándido Simó fue uno de los primeros en rechazar la disposición al explicar que la definición de terrorismo no puede ser establecida unilateralmente por un país, ya que este término requiere el respaldo de convenciones internacionales.

«Eso es buscarse un pleito con quien no se está metiendo contigo, porque esos grupos armados, como los denomina el derecho internacional, están cometiendo actos violentos en su país, no en el nuestro», señaló.

Afirmó que el concepto debe abordarse dentro del marco internacional y que, en el caso de República Dominicana, solo podría definirse mediante una convención bilateral con Haití.

«Este decreto choca con las normas internacionales porque no se hace por decreto, sino por convención. Además, contraviene las convenciones internacionales y evidentemente es inconstitucional, porque el presidente está asumiendo por decreto funciones legislativas y judiciales», señaló.

Simó advirtió que la ordenanza ejecutiva podría generar repercusiones políticas. Según él, declarar terroristas a grupos que operan en Haití y no en territorio dominicano podría provocar confrontaciones innecesarias con estas bandas. Además, podría afectar a ciudadanos nacionales que viven o hacen negocios en Haití, en sectores como el transporte de productos y la venta de combustibles.

El togado recordó que el principio de territorialidad de las leyes penales impide juzgar en República Dominicana actos cometidos en Haití contra haitianos, salvo que haya un vínculo directo con ciudadanos dominicanos. «La ley penal es territorial. Un acto cometido en Haití, en principio, no puede ser juzgado aquí, a menos que involucre a dominicanos», explicó.

También opinó sobre el decreto la abogada penalista Laura Acosta, quien se sumó a las críticas afirmando que la propuesta del presidente Luis Abinader carece de fundamento y recordó que, conforme a la Constitución de la República y las leyes nacionales, el jefe de Estado no tiene autoridad para ordenar la persecución o el arresto de personas sin una orden judicial.

«El presidente no puede tomar decisiones unilaterales sobre la persecución de individuos. Esa es una competencia exclusiva del Ministerio Público y debe estar respaldada por un tribunal», declaró.

Acosta subrayó que los tribunales dominicanos solo pueden juzgar hechos ocurridos en el país, salvo excepciones específicas que involucren a nacionales dominicanos o afecten la seguridad nacional. Por igual, cuestionó la necesidad de activar por decreto organismos antiterroristas como el Consejo Nacional Antiterrorista, creado por la Ley 267-08.

«La ley ya establece los mecanismos para sancionar el terrorismo. No se justifica un nuevo decreto», afirmó.

Asimismo, el abogado Carlos Balcácer sostuvo que la clasificación de estos grupos como terroristas no necesariamente tendría implicaciones legales para República Dominicana. Explicó que la ley anti terrorista nacional exige requisitos específicos para considerar un acto de esa naturaleza, entre ellos el financiamiento de actividades del grupo y la intención de generar terror y alterar el orden público.

«Para que un acto sea clasificado como terrorismo en nuestra legislación, debe haber una organización con el propósito de alterar el orden y causar terror en la población, además de contar con respaldo financiero. Algunos grupos haitianos podrían tener vínculos financieros en el país, aunque no existen pruebas claras que los relacionen con actos terroristas en territorio dominicano”, dijo Balcácer .

La Ley 267-08, que formaliza la legislación anti terrorista en República Dominicana, establece como prioridad la prevención, detección y erradicación de actos terroristas. También ordena la coordinación de esfuerzos entre los poderes públicos y las instituciones del Estado.

Esa legislación considera ese accionar como una amenaza grave para la democracia, la seguridad nacional y las relaciones internacionales, con un impacto significativo en el desarrollo económico y la estabilidad de las naciones.

Los tres profesionales del derecho ofrecieron sus versiones tras ser consultados por la redacción del periódico Diario Libre, el primer medio de circulación gratuita en el país.

EL DECRETO

El pasado jueves, el mandatario Luis Abinader declaró como “organizaciones terroristas” a las bandas criminales que han sembrado el terror en Haití y advirtió que cualquier miembro de una de esas pandillas que intente ingresar a territorio dominicano, será perseguido, apresado y juzgado bajo las locales leyes anti terroristas.

Manifestó que el escenario de violencia es cada día más crítico y preocupante en la vecina nación, mientras la comunidad internacional se muestra indiferente.

“Observando un desinterés e incapacidad de la comunidad internacional sobre esta tragedia y después de análisis y reuniones con los organismos de seguridad nacional de República Dominicana, en el día de ayer (miércoles), firmé un decreto, que declara como organizaciones terroristas a las bandas criminales haitianas”, indicó.

El primer ejecutivo de la nación se refirió al tema durante su quinta rendición de cuentas, y la primera de su segunda administración, ante el Congreso Nacional en el marco de la celebración de 181 años de la Independencia del país que durante 22 años estuvo ocupado por tropas haitianas. INS

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