San Juan, 28 dic (INS).- La Oficina del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente (Opfei) determino que no existe quantum de prueba que sostenga nombrar un FEI contra el alcalde de San Juan, Miguel Romero Lugo, y otros legisladores de la capital por el lío relacionado con su supuesto vínculo con la empresa de asfalto JR Asphalt Inc.
La querella fue radicada ante Justicia por el coordinador general del Movimiento Victoria ciudadana, Manuel Natal Albelo, la exsenadora Rossana López León y el exlegislador municipal Adrián González Costa.
Los querellantes alegaron que, según había trascendido públicamente, el alcalde y otros legisladores habían tenido vínculos con la empresa JR Asphalt Inc. Los socios de esta empresa, Raymond Rodríguez y Mario Villegas fueron acusados en un foro federal por participar en un esquema de soborno a cambio de adjudicarle contratos municipales que beneficiaron a la compañía de asfalto y pavimentación.
Por ello, alegaron los querellantes que pudo haber existido un acuerdo entre el alcalde y los socios de la empresa para que realizaran obras de bacheo en San Juan a cambio de que se les otorgaran contratos municipales en el futuro.
En la investigación de la división de Integridad Pública y Asuntos del Contralor (Dipac) de Justicia, no se encontró desvío en los procesos de subasta de la capital, y que los mismos cumplieron con las normas, reglamentos y leyes establecidas para tales propósitos.
Más aún, ninguno de los querellantes pudo aportar prueba directa sobre actos delictivos, ya que lo declarado no les consta de propio y personal conocimiento.
“La prueba documental recopilada en la investigación demuestra que las declaraciones del alcalde Romero Lugo han sido consistentes en que los trabajos de bacheo se realizaron con asfalto provisto por JR Asphalt, sin costo alguno y con el único propósito de beneficiar a las comunidades. Ello hay que analizarlo conjuntamente con el daft de que no se obtuvo evidencia que estableciera que el asfalto fue sufragado con fondos públicos”, señala la resolución emitida por la Opfei.
Asegura, asimismo, que los procesos de selección y contratación que se llevan a cabo en el municipio no proveen espacios para la participación del alcalde.
“La Dipac no encontró prueba alguna de que el licenciado Romero o cualquiera de los otros querellados procuraran el asfalto para el bacheo. Lo que surge es que efectivamente fue un ofrecimiento libre y voluntario”, concluye la resolución, en la que se ordenó el archivo definitivo del asunto. INS
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