P. Rico-Múltiples irregularidades en nombramientos en Educación durante periodo de veda electoral, concluye la OIG

San Juan, 14 mar (INS).- La Oficina del Inspector General (OIG) identificó múltiples irregularidades en el proceso de reclutamiento llevado a cabo durante el periodo de veda electoral en el Departamento de Educación.

La OIG realizó una investigación en Educación relacionada a acciones administrativas en el área de Recursos Humanos, luego de tomar conocimiento de una carta enviada por la Junta de Supervisión Fiscal (JSF) a la agencia el 25 de agosto de 2020, al entonces secretario de la dependencia pública, en la que se cuestionan las razones de la urgencia en reclutar personal para puestos de carrera, de manera expedita, previo a la culminación de la presente administración gubernamental. 

Como parte de la investigación y los atrasos de Educación en entregar la información solicitada fue necesario emitir varias órdenes para producir documentos y requerimientos de información. 

La investigación que realizó la OIG cubrió el periodo del 1 de agosto de 2020 al 12 de febrero de 2021 y se seleccionó una muestra de 44 nombramientos a puestos de carrera, de administración docente y gerencia operacional, cuyas convocatorias fueron publicadas por la agencia en agosto de 2020.

La OIG identificó irregularidades durante los procesos de reclutamiento de personal para algunos puestos de carrera, que violentaron el principio de mérito. 

Asimismo, de la investigación surgen incumplimientos con las normativas de la Oficina del Contralor Electoral (OCE).

En el informe se detallan un total de siete hallazgos, entre los cuales se detalla que de los 44 casos evaluados en la muestra, la agencia nombró, en puestos de carrera a 20 empleados que pertenecían al servicio de confianza al momento de su selección.

Las publicaciones de las 44 convocatorias reflejaron irregularidades, al haberse publicado por un término menor a diez días laborables según establecía el Reglamento de Personal del Departamento de Educación, entre otras normativas. 

Cuarenta y dos de éstas tampoco cumplieron con el término de cinco días requeridos entre la solicitud de autorización a la OCE y la publicación de los anuncios de convocatorias, durante un año eleccionario, según disponía el Reglamento para la Fiscalización de Gastos de Difusión Pública. 

Es decir, no había transcurrido el periodo de cinco días que tenía la OCE para objetar las solicitudes.  

“La Secretaría Auxiliar de Recursos Humanos demostró inconsistencias en la aplicación de criterios de evaluación a las solicitudes de empleo de los candidatos a los puestos de la muestra, situación que pudo haber favorecido a algunos candidatos nombrados que pertenecían al servicio de confianza. Algunas de las inconsistencias fueron relacionadas a la aceptación de certificaciones de acreditación de experiencia laboral y a la falta de transcripciones de crédito”, señala el informe de la OIG. 

Estableció además que Educación asignó sueldos mayores a los solicitados a la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) para los puestos de Gerente de Operaciones de la Agencia Estatal Aprobadora, Bellas Artes y Gerencia Escolar,

De los documentos provistos, no surgió que Educación hubiera enmendado las Solicitudes de Procesamiento de Planteamientos para aumentar los sueldos asignados.    

La OIG, refirió los hallazgos a la Oficina del Contralor Electoral para que evalué las posibles violaciones a la»Ley para la Fiscalización del Financiamiento de Campañas Políticas en Puerto Rico» y del Reglamento 39 de 2020, conocido como «Reglamento para la Fiscalización de Gastos de Difusión Pública» y tome las determinaciones que en derecho procedan. 

Asimismo se requirió que en un término 120 días calendario la agencia actualice los procedimientos internos de reclutamiento y selección de personal que, consten por escrito, sean aplicados de manera uniforme y contengan controles para asegurar la igualdad de oportunidades entre los solicitantes.  

Además, deberá incluir los criterios para la evaluación de candidatos durante la fase de entrevistas, a modo de garantizar que, la selección de la persona nombrada se realice garantizando el principio de mérito.INS

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