R. Dominicana-Coronavirus/Abinader restringirá con más rigor la libertad de tránsito y de reunión para frenar la expansión de la pandemia que en el país alcanzó a 95,627 personas infectadas

Militares y policías revisando documentos durante el toque de queda./Inter News Service

Santo Domingo, 2 sep (INS).- El  presidente Luis Abinader prorrogó anoche por 45 días más el estado de emergencia nacional por la pandemia del coronavirus aprobado por el Congreso Nacional e informó que se recurrirá a restricciones en la libertad de tránsito y de asociación y reunión.

La decisión implica la extensión del toque de queda por 25 días adicionales en los mismos términos dispuestos el 20 de julio pasado, en horario de lunes a viernes de 7:00 de la noche a 5:00 de la mañana y sábado y domingo de 5:00 de la tarde a 5:00 de la mañana.

Esta iniciativa procura frenar el avance de la enfermedad que en la República Dominicana ya alcanzó a 95,627 personas infectadas y proyecta un promedio de cien mil antes de concluir el presente mes.

Por los decretos 430-20 y 431-20, Abinader establece que desde mañana, jueves, queda extendido el estado de excepción, advirtiendo que con la autorización del Parlamento se dispondrá “en virtud de recomendaciones de organismos internacionales especializados y expertos en la materia, “restricciones proporcionales y temporales a las libertades de tránsito, asociación y reunión”.

Citó el artículo 266 de la Constitución, literales “h” y “j” del numeral 6 que permiten restringir la libertad de tránsito, dispuesta en el artículo 46, así como las libertades de asociación y de reunión.

Igualmente, se refiere a la suspensión de derechos prevista en la Ley 21-18 que regula los estados de excepción.

Al respecto, el Artículo 11 de la Ley 21-18, relativo a la suspensión de derechos, la Carta Magna explica que “en los estados de conmoción interior y de emergencia solo podrán suspenderse los siguientes derechos reconocidos por la Constitución de la República”, entre ellos la reducción a prisión, privación de libertad sin causa o sin las formalidades legales, los plazos de sometimiento a la autoridad judicial o para la puesta en libertad.

También, el traslado desde establecimientos carcelarios u otros lugares, la presentación de deteni­dos, lo relativo al hábeas corpus, la inviolabilidad del domicilio y de recintos privados.

El Ministerio de Salud Pública informó este miércoles que 648 casos nuevos de coronavirus (Covid-19) fueron registrados durante el martes, para un total de 95,627 personas infectadas por la enfermedad en la República Dominicana,  ascendiendo a 1,765 las defunciones. 

A diario fallecen en el país unas 30 personas de las que se mantienen en observación médica en salas de cuidados intensivos, sobre todo en las provincias Santo Domingo, Santiago y Duarte (San Francisco de Macorís), lugares donde se registran altos niveles de contagios por el letal virus. 

El principal factor de las contaminaciones radica en la indisciplina de los dominicanos que celebran fiestas y se reúnen de manera clandestina y abierta en sitios muy concurridos a tomar bebidas alcohólicas, pese a regir el toque de queda, sin adoptar el protocolo del distanciamiento físico sugerido por el  Ministerio de Salud Pública. INS

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