P. Rico-Entra el “flexitime” en el horario laboral puertorriqueño

San Juan, 4 may (INS).- Con la vigencia ahora del nuevo y consolidado Reglamento de Jornada Laboral, también se hizo efectivo hoy las disposiciones del “flexitime”, los acuerdos de reposición de horas, horas extra, las transacciones de reclamaciones, archivo y conservación de nóminas.

Para el secretario del Trabajo y Recursos Humanos Carlos Saavedra, la consolidación de cinco reglamentos en uno solo simplifica los procesos y promueve un ambiente más ágil para el desarrollo económico.

El reglamento que entró en vigor hoy administra la Ley 379 del 1948, conocida como la “Ley para Establecer la Jornada de Trabajo en Puerto Rico”.

“Estamos revisando todos los reglamentos y derogando aquellos que son obsoletos y simplificando otros que en vez de facilitar los procesos patronales, los complica. Ahora tienen en un solo cuerpo reglamentario todo lo relativo a la administración de la Ley 379 de Jornada Laboral. Además, cuentan con guías claras y simples para el cumplimiento de los nuevos derechos incorporados por la “Ley de Transformación y Flexibilidad Laboral” (Ley 4-2017)”, explicó.

El nuevo reglamento también simplifica el proceso para transigir una reclamación de un empleado amparada en la Ley 379.

De esta manera, el empleado afectado tendrá la oportunidad de un remedio inmediato, ya que el secretario del Trabajo solo intervendrá personalmente cuando se trate de una reclamación que exceda de $50,000.

El resto de las reclamaciones serán aprobadas por el Negociado de Asuntos Legales del DTRH para asegurar que se viabilice un acuerdo en beneficio del empleado de forma acelerada. Contrario al reglamento anterior que  obligaba al Secretario a intervenir en todas las reclamaciones. 

Los cinco reglamentos derogados son el número 2717 de 1980 y el número 2952 de 1983, para definir los Términos Día y Semana de Trabajo y para Establecer el Comienzo de la Jornada Diaria y Semanal; el número 6196 del 2000 sobre la Preparación y Conservación de Nóminas, Registros y Ficheros; el número 8887 de 2016, conocido como el reglamento del Secretario del Trabajo para Establecer las Normas a Seguir en la Aprobación de Transacciones de las Reclamaciones; el número 8888 de 2016 para Regular el Disfrute del Periodo de Tomar Alimentos, Compensación y la Expedición de Permisos para Autorizar que el mismo se pueda efectuar entre la Segunda y Tercera Hora Consecutiva de Trabajo.

 Saavedra Gutiérrez destacó que este ejercicio es parte de un esfuerzo concertado en todas las agencias gubernamentales como parte de la política pública del gobernador Ricardo Rosselló Nevares, que busca hacerle frente a la burocracia.

“Con estos cinco reglamentos alcanzamos la suma de 77 que hemos derogado en beneficio de la fuerza laboral”, añadió.

El titular del Trabajo indicó que está activo en la iniciativa que lanzó el Gobernador el pasado mes de marzo denominada como “Dale Tijera” e instó a los ciudadanos a expresarse sobre aquellas regulaciones que no abonan de manera positiva y a que hagan sus recomendaciones y comentarios a través de la página web www.daletijera.pr.gov. INS

 vac