P. Rico-Hacienda recuerda a patronos, agentes retenedores y especialistas en planillas fechas límites para someter comprobantes de retención y declaraciones informativas

San Juan, 22 ene (INS).- El secretario del Departamento de Hacienda, Raúl Maldonado Gautier, recordó hoy a los patronos, agentes retenedores y especialistas en planillas que el 31 de enero es la fecha límite para someter electrónicamente a la agencia los comprobantes de retención (Formulario 499R-2/W-2PR) y el Estado de Reconciliación de Contribución sobre Ingresos Retenida (Formulario 499 R-3) de 2017.
«Estamos informando a todos los patronos, agentes retenedores y especialistas en planillas, que el Programa W2 e Informativas en Línea 2017, para ser utilizado por todos los patronos que rindan menos de 250 comprobantes de retención o menos de 250 declaraciones de informativas (excepto las correspondientes a entidades conducto), está disponible en la página de internet de Hacienda», indicó el funcionario
Agregó que además de la radicación electrónica, el programa permite generar el archivo de comprobantes de retención para que el patrono radique los mismos en la administración del Seguro Social, imprimir copias de los comprobantes de retención y declaraciones informativas para entregar a los empleados o a las personas que reciban los pagos e importar la información de nómina en Excel o formato de texto.
El programa se encuentra disponible en nuestra página de internet: www.hacienda.pr.gov, bajo el área de Patronos y Agentes Retenedores o accediendo el siguiente enlace: http://www.hacienda.pr.gov/comerciantes/patronos-y-agentes-retenedores/programa-de-comprobante-de-retencion-w-2pr-e-informativas-2017-incluye-2014-2016-w-2pr-informative-returns-program-2017include-2014-2016.
El programa le permite a los patronos radicar electrónicamente los comprobantes de retención (formulario 499R-2/W-2PR), Corrección al comprobante de retención (formulario 499R-2c/W-2cPR), estado de reconciliación de contribución sobre ingresos retenida (formulario 499-r3) y declaraciones informativas (formularios 480.5, 480.6A, 480.6B, 480.6C, 480.6D, 480.7, 480.7A, 480.7B, 480.7C y 480.7D). También podrán someter el estado de reconciliación anual de ingresos sujetos a retención y la planilla anual de contribución sobre ingresos retenida en el origen – no residentes (formularios 480.6B.1 y 480.30).
Para utilizar el programa, el patrono debe estar registrado en colecturía virtual y tener el código de acceso asignado por el departamento.
En caso de requerir tiempo adicional para radicar los comprobantes de retención, el patrono tiene derecho a solicitar electrónicamente una prórroga, la cual no excederá un periodo mayor de 30 días para cumplir con la radicación de dichos formularios.
«Le exhortamos a radicar a tiempo los Comprobantes de Retención y Declaraciones Informativas para evitar la imposición de penalidades», agregó el secretario.
Asimismo, exhortó a todo empleado a asegurarse de haber recibido su comprobante de retención al 31 de enero de 2018, confirmando con su patrono la radicación del mismo en el departamento. Además, debe verificar que dicho comprobante de retención contiene un número de confirmación de radicación electrónica.INS
lp