P. Rico-Senado aprueba Ley de Datos Abiertos

San Juan, 11 dic (INS).- El Senado aprobó crear la “Ley de Datos Abiertos del Gobierno”, con el propósito de que toda información manejada por las agencias gubernamentales sea publicada en un portal electrónico que será manejado por el Instituto de Estadísticas de Puerto Rico (ICPR).
El proyecto del Senado 236 tuvo 21 votos a favor y seis en contra en la sesión de ayer, domingo.
Los datos a publicarse incluyen informes de viajes oficiales incluyendo los propósitos y gastos, presupuesto aprobado por la entidad gubernamental y gastos trimestrales, planes estratégicos, gastos de representación y reembolsos.
También, convocatorias, resoluciones aprobadas por las Juntas de Gobierno, calendario de vistas y procedimientos administrativos, reglamentos, cartas circulares, información sobre operaciones, licitaciones o propuestas, auditorias externas y otros informes emitidos relacionados a los presupuestos de los organismos gubernamentales de la Rama Ejecutiva y de los municipios.
La presentación de esta pieza legislativa por parte de la mayoría parlamentaria fue por petición.
Según los senadores la crisis administrativa, económica y fiscal que enfrenta Puerto Rico y en virtud para logar los propósitos establecidos por la Ley Promesa que establece una Junta de Supervisión Fiscal (JSF).
“La transparencia en la publicación de información y datos públicos debe ser el principio rector entre el Gobierno y la JSF y la Administración Financiera para Puerto Rico. También, entre el Estado y sus constituyentes”, indicaron en la medida.
A esos efectos se crea el puesto de Principal Oficial de Datos del Gobierno de Puerto Rico adscrito al ICF.
Sus funciones serán desempeñadas por el director del ICF, Mario Marazzi, o por aquellas personas en las que delegue estas funciones.
Todo reclamo de confidencialidad o de privilegio que realicen las agencias del Ejecutivo y los municipios para proteger y evitar la divulgación de información deberá realizarse según los siguientes criterios: que una ley así lo dispone, que la información está protegida por algunos de los privilegios evidenciarios que invoquen los ciudadanos y que lesione derechos fundamentales de terceros, y que sea información confidencial conforme a las Reglas de Evidencia de Puerto Rico.
Se unen a estas excepciones datos sobre seguridad nacional, reglas o prácticas de personal internas de los organismos gubernamentales, comunicaciones internas entre dependencias, información pública que aplique algunos de los privilegios reconocidos en la Constitución de Estados Unidos y Puerto Rico. Asimismo, datos asociados a litigios civiles o criminales en los que un organismo gubernamental sea parte o empleado o funcionario público, información que si fuera divulgada invade la privacidad de terceros, secretos de negocios obtenidos por una persona que es confidencial por contrato, estatuto o decisión judicial. De igual forma, información confidencial o financiera cuya divulgación “causaría un daño competitivo a la persona de la que se obtuvo la información”, entre otras.
La pieza legislativa fue avalada por el Instituto de Estadísticas, la Coalición del Sector Privado, Espacios Abiertos, la Oficina del Contralor de Puerto Rico, La Oficina de Ética Gubernamental (OEG) y la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico.
La ley comenzará a regir seis meses después de la aprobación del gobernador.
Sin embargo, la adopción de reglamentos, preparación de inventarios de datos, planes de trabajo, informes y manuales entrarán en vigor inmediatamente.INS
lp