San Juan, 11 dic (INS).- El Senado aprobó una medida para enmendar la «Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Domestica», a los fines de crear una orden de protección de emergencia.
El proyecto del Senado 636, de la autoría de la senadora Zoe Laboy Alvarado, establece que este tipo de orden de protección podrá ser expedida por un policía y tendrá una duración de 24 horas, en aquellos casos que no sea posible la asistencia inmediata de la víctima a un tribunal.
La medida tuvo votación unánime.
Según la exposición de motivos de la medida, una orden de protección de emergencia, conocida como EPO, por sus siglas en ingles, es un tipo de orden de restricción que se puede poner en efecto de inmediato.
Las órdenes existen en diferentes jurisdicciones de los Estados Unidos, incluyendo California, Texas y Florida, así como en jurisdicciones europeas.
A su vez, proveen para la protección inmediata a las victimas de violencia domestica, abuso, acecho, acoso y otros tipos de delitos.
«Las órdenes de protección de emergencia son una salvaguarda para la víctima toda vez que brindan protección en caso de que necesite mas tiempo para presentar una orden de restricción permanente, así sea porque el tribunal de la región donde reside esta cerrado o porque, por las circunstancias al momento de los hechos, la víctima esta imposibilitada o imposibilitado de acudir inmediatamente a un tribunal. Con esta orden de protección de emergencia, es el agente del orden publico que atiende el incidente quien expide la restricción por un periodo limitado de tiempo», señaló la senadora Laboy Alvarado.
En la medida se acogieron enmiendas de la senadora Rossana López León una de las cuales fue el que se adiestren a los agentes del orden público sobre las órdenes de protección de emergencia en un término no mayor de 30 días después de aprobada la ley.
«El tema de violencia domestica es uno de educación continua», dijo la senadora.
El senador José Vargas Vidot opinó que la pieza legislativa «hace justicia» y expresó satisfacción porque es «preventiva» reconociendo cabalmente «la cantidad de victimas que han teñido de luto a nuestras familias porque no hay un mecanismo que agilice la protección de quien es víctima».
La Cámara Alta también aprobó el proyecto del Senado 370, de la autoría del senador Ángel «Chayanne» Martínez, para crear la «Ley Habilitadora para establecer el Plan de Alerta Rosa» en Puerto Rico, a los fines de contar con mayores mecanismos para la protección de las mujeres desaparecidas o secuestradas, establecer las facultades y deberes de las entidades gubernamentales y enmendar la «Ley del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico.
«La mayoría del debate público relacionado al tema de la vindicación de los derechos de las mujeres se ha centrado en las legitimas medidas establecidas por el Estado en atacar la violencia domestica y garantizar la validación de sus derechos en el ámbito laboral y social. Sin embargo uno de los riesgos más serios por el que atraviesan las mujeres en la Isla es el de ser secuestradas. Evidencia de ello son los lamentables sucesos que reseñan consistentemente la prensa local en el que esta involucrada la desaparición de una mujer. La lista de los nombres de mujeres desaparecidas, víctimas de la trata humana, secuestradas o encontradas muertas en la pasada década son demasiadas y representan un antecedente nefasto para nuestra Isla», señaló el senador Martínez.
La Policía de Puerto Rico no tiene un registro exacto de cuantas mujeres han desparecido.
Se presume que entre el 2013 y 2015 se reportaron y permanecieron desaparecidas 30 mujeres y que al menos en cuatro de los casos se cree fueron asesinadas, reza del Informe Positivo de la Comisión de Asuntos de la Mujer que recomienda la aprobación de la medida.
En el proyecto se establece que el Negociado de la Policía del Departamento de Seguridad Pública debe crear un «Plan Rosa», análogo al Plan Amber y Plan Silver, cuyo propósito será alertar al público sobre la desaparición de una mujer o el secuestro de una mujer. Para efectos de esta ley, mujer se define como aquella fémina de 18 años o más.
El Negociado de la Policía será la agencia primaria responsable de operar el Plan y determinar si procede o no emitir la alerta, en colaboración con la Procuradora de la Mujer y el Departamento de Transportación y Obras Publicas.INS
lp
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