P. Rico-Senado aprueba proyecto que pretende combatir estorbos públicos en beneficio de los municipios

San Juan, 3 abr (INS).- El Senado dio paso ayer al PS 830 que, de convertirse en ley, proveería a los municipios herramientas para combatir las estructuras abandonadas, pues dispondrá que en los casos de expropiaciones forzosas los municipios podrán restar los gravámenes por concepto de multas y gastos de limpieza y mantenimiento de la propiedad inmueble incurridos por el municipio, de la suma por concepto de justa compensación.

La medida, presentada por el senador José Nadal Power (PPD) y el vicepresidente del Senado, Lawrence Seilhamer Rodríguez (PNP), logró 26 votos a favor.

Nadal Power dijo que “resulta necesario que los alcaldes tengan a su disposición las herramientas adecuadas para lidiar con el problema de estorbos públicos que afectan la calidad de vida, salud y seguridad de cientos de comunidades. Se trata de mecanismos legales que adelantan la política pública con el menor impacto posible en las finanzas de los municipios”.

El senador añadió que en el pasado cuatrienio se enmendó la “Ley General de Expropiación Forzosa”, para que al momento de fijar la suma de dinero estimada por el municipio como justa compensación de la propiedad que se pretende adquirir, se deduzca de dicha suma la cantidad correspondiente a cualquier deuda por concepto de contribución sobre la propiedad inmueble.

Sin embargo, en ese momento no se incluyeron los gravámenes que genera la propiedad por concepto de multas o gastos de limpieza o mitigación que surgen de una declaración de estorbo público.

“Resulta necesario incluir dentro de las disposiciones de la Ley General de Expropiación Forzosa que las deudas por conceptos de multas y gastos de limpieza y mantenimiento de la propiedad realizados por el municipio, podrán ser restadas de la justa compensación al momento de radicar una acción judicial al amparo de la Ley General de Expropiación Forzosa”, explicó el senador.

De esta manera, concluyó, “al igual que en el caso de la ejecución de una propiedad declarada como estorbo público y venta en subasta pública, los municipios tendrán la facultad en los casos de expropiación forzosa para deducir del dinero estimado como justa compensación, las deudas y gravámenes por concepto de multas y gastos de limpieza y mantenimiento”.

El proyecto pasa ahora a la consideración de la Cámara de Representantes. INS

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