P. Rico-Municipio de Guaynabo establece su primer reglamento contra el hostigamiento sexual

Guaynabo, 7 feb (INS).- El alcalde de Guaynabo, Ángel Pérez Otero, anunció que a partir de hoy el municipio cuenta con su primer reglamento para la prevención del hostigamiento sexual.
Las disposiciones del reglamento no solo aplican a los empleados, sino también a los legisladores municipales, contratistas, suplidores y visitantes del municipio.
«Este reglamento deja claramente establecido que no habrá tolerancia para el hostigamiento sexual. Ningún empleado del municipio estará desprotegido, ni tendrá que enfrentarse a un ambiente de trabajo hostil por actos constitutivos de hostigamiento sexual», aseguró el primer ejecutivo municipal.
Pérez Otero explicó que este es el primer reglamento contra el hostigamiento sexual que se establece en el municipio de Guaynabo, ya que «anteriormente solo existía un manual. Pero la mayor transformación que se produce al adoptar este reglamento, es que las querellas se atienden de manera integral, desde que se presenta la queja, la investigación, adjudicación y la imposición de sanción».
Abundó que «contrario al manual anterior, este reglamento establece términos sumamente estrictos para atender las querellas.Los términos van desde 3 hasta 20 días, para los distintos requisitos del proceso. Esto obliga al Municipio a atender estos asuntos con la diligencia que merecen tanto el querellante como el querellado».
Las sanciones que enfrentarán las personas que tengan conducta constitutiva de hostigamiento sexual, van desde una suspensión de empleo y sueldo por 15 días, hasta la destitución. «Independientemente de quien sea la persona que hayaincurrido en un comportamiento que se concluya es hostigamiento sexual, tendrá consecuencias y bajo ninguna circunstancia el remedio será la amonestación verbal o escrita», sentenció el alcalde de Guaynabo.
De acuerdo con Pérez Otero, «además de presentar las querellas por virtud del recién aprobado reglamento, las víctimas también pueden acudir a la Oficina de la Procuradora de las Mujeres, Departamento de Justicia o Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC)».
Pérez Otero agradeció a la Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM) por haber colaborado con la evaluación de este reglamento.INS
lp