
Ramón Ruiz Nieves./Inter News Service
San Juan, 14 oct (INS).- La Comisión de Gobierno que preside el senador Ramón Ruiz Nieves evaluó mediante audiencia pública el proyecto del Senado 432, para enmendar la «Ley de la Administración de Servicios Generales para la Centralización de las Compras del Gobierno de Puerto Rico de 2019», a los fines de establecer un tope de diez por ciento sobre el monto original del contrato en las órdenes de cambio, incluyendo a las agencias exentas de esta ley.
La pieza legislativa establece en su exposición de motivos que «sin duda alguna, es normal que en ocasiones hayan órdenes de cambio en obras de construcción, sin embargo, este recurso no debe ser utilizado como subterfugio para fraccionar el costo de la obra, ni tomado como uso y costumbre a la ligera. Con el fin de salvaguardar las arcas del gobierno y promover diligencia en la administración pública se hace apremiante establecer un topo a los cambios que se pueden generar».
El presidente de la Comisión, expresó al inicio de la audiencia pública ayer que «en un momento dado uno de los asuntos que se discutió públicamente era la cantidad de proyectos que corría el gobierno en diferentes áreas y cuando buscábamos todos sobrepasaba el 30 por ciento de la subasta establecida. Puerto Rico lo vivió con el Tren Urbano, con el Supertubo, con las autopistas, diferentes instrumentalidades que parte de la deuda de los 72 billones que tiene Puerto Rico hay más de 4.2 billones que corrieron en diferentes proyectos en órdenes de cambio. Lo que busca este proyecto es de qué forma y manera se pueda regular el asunto en las órdenes de cambio para que no estén por la libre».
Joel Fontánez, de la Administración de Servicios Generales (ASG), recomendó la aprobación de la medida, pero aclaró que no recomiendan incluir el lenguaje propuesto en la medida el cual establece que “esta prohibición incluye a las entidades exentas”. Fontánez explicó que «toda vez que en virtud del artículo 3 de la Ley 73 de 2019, supra, se hace mención a que las ‘entidades exentas’ según definidas en la Ley 73 de 2019 establecerán sus procesos de compras y subastas de bienes, obras y servicios no profesionales sin la intervención de la ASG. Por tal razón, no todas las agencias eliminaron sus procesos de subastas».
Asimismo, el deponente explicó que hay alrededor de 14 agencias exentas de las Ley 173, pero aún así tienen que cumplir con procedimientos establecidos de licitación por la ASG aunque lleven a cabo el proceso de subasta directo en dichas agencias.
También mencionó que éstas son auditadas trimestralmente por la ASG.
Fontánez añadió que las órdenes de cambio de las agencias exentas tienen que pasar por la evaluación de la ASG.
Se mencionó que corporaciones como la Autoridad de Energía Eléctrica, la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados, así como el Departamento de Transportación y Obras Públicas, entre otras, son parte del grupo que están exentas.
Además, el deponente detalló que es a la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP) a la que le corresponde certificar los fondos.INS
lp
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