P. Rico-Presentan medida para agilizar el proceso de contratación para exempleados públicos

San Juan, 30 ene (INS).- El senador William Villafañe Ramos presentó el proyecto 1472, que busca enmendar la Ley 1 de 2012 (Ley de Ética Gubernamental de Puerto Rico), con el fin de agilizar el proceso para la contratación de exempleados públicos en situaciones de emergencia y otras circunstancias apremiantes.

El senador presentó el proyecto que enmendaría el inciso (d) del artículo 4.6 de la Ley 1 de 2012 ante la Asamblea Legislativa.

“La intención con este proyecto, más allá de una enmienda a la Ley de Ética Gubernamental, es facilitar el proceso de contratación de exempleados públicos en situaciones de emergencia. En esta ley, insertamos circunstancias excepcionales que hemos identificado como necesarias y que merecen ser excluidas de un proceso burocrático previo a la contratación. Así, proveemos un vehículo ágil para una contratación oportuna en situaciones de emergencia o escasez de servicio o talento”, manifestó Villafañe.

El senador explicó que los exempleados que no requerirán autorización de la dirección ejecutiva de la Oficina de Ética Gubernamental (OEG) y podrán proceder “a una contratación ágil. “Serían agentes del orden público que regresan al servicio a tiempo parcial o durante una emergencia, así como personal especializado o certificado en manejo de emergencias o rescate durante una emergencia o durante la temporada de huracanes. También se beneficiará el personal docente especializado para cubrir el ofrecimiento de cursos educativos ya iniciados, maestros bilingües para ofrecer clases de ciencias, matemáticas e inglés”.

Agregó que “aplicará a profesionales licenciados, incluyendo ingenieros, patólogos forenses, abogados, médicos, enfermeros, electricistas, plomeros, entre otros, a tiempo parcial o durante una emergencia. Cualquier exservidor público que posea una certificación especializada, necesaria para el desempeño del servicio profesional y que resulte oneroso o tardío su reemplazo o reclutamiento nuevo quedaría exento. De igual forma, cualquier exservidor público cuya terminación de empleo haya sido como consecuencia de una enfermedad y cualquier exservidor público que sea veterano”.INS

lp