P. Rico-Administración de Tribunales apoya enmiendas al método de custodia de menores en proceso de divorcio, pero recomienda enmiendas a concepto de “enajenación parental”

San Juan, 13 sep (INS).- La directora de la Oficina de Legislación y Reglamento de la Oficina de la Administración de los Tribunales (OAT), Giselle Rosa González, apoyó enmiendas al proceso de custodia de menores, pero recomendó modificaciones al concepto de “enajenación parental” que se maneja en un proyecto en la Cámara.

La funcionaria, ante la Comisión de lo Jurídico de la Cámara, presidida por la representante María Milagros Charbonier Laureano, propuso así enmiendas al proyecto 2168, que busca cambios en la “Ley Protectora de los Derechos de los Menores en el Proceso de Adjudicación de Custodia” para incluir el concepto de “enajenación parental” entre los puntos a tomar en cuenta a la hora de determinar a quién se le concede la custodia de los menores en el proceso de divorcio.

Rosa González recomendó enmiendas al concepto de “enajenación parental”, el patrón que usa uno de los padres para desvincular afectivamente al menor del otro progenitor, dee manera que sea lo más preciso posible al momento de analizar el caso por parte de los jueces.

Además, sugirió incluir entre los puntos a estudiarse durante el proceso de concesión de custodia “si el menor presenta pensamientos o sentimientos de rechazo hacia el otro progenitor, si demuestra actitudes negativas hacia este o si en efecto, se ha afectado el vínculo afectivo entre el menor y el otro progenitor, características asociadas con el síndrome de alienación parental”.

“Entendemos que la evaluación que haga el trabajador social en esta etapa de la adjudicación de custodia, como parte del referido del tribunal, debe tener como propósito identificar si existe la conducta descrita por parte de alguno de los progenitores al hacer al tribunal las recomendaciones que entienda pertinentes”, apuntó la deponente.

Señaló que podría incluirse la petición de que el menor sea evaluado por un psicólogo que valide, conforme a los estándares de su profesión, si muestra las características relacionadas con la alienación parental.

A su vez, exhortó a que se aclare si el tribunal tendrá la discreción para tomar las medidas y emitir las órdenes que entienda pertinentes en cualquier etapa del proceso y que de ser necesario, se ordenará que el menor asista a terapias psicológicas, que las relaciones se hagan bajo supervisión del terapeuta, se suspendan o incluso, se puedan ordenar el cambio en el acuerdo de custodia, según amerite el caso.

Mientras, la doctora Julimar Sáez Colón, psicóloga clínica con experiencia en el tema, recomendó medidas tales como ordenar por parte del tribunal que los padres reciban “módulos psicoeducativos de crianza”, que pueden ser ofrecidos en línea, en los casos en que exista este tipo de comportamiento por parte de alguno de los padres, de modo que se facilite el apoderamiento y la asertividad en los padres y las madres al momento de tomar decisiones que puedan afectar a sus hijos.

Mientras, que Elizabeth Torres, portavoz de la agrupación “Grito de un padre desesperado”, presentó el cuadro que sufren miles de padres alejados de sus hijos por el otro progenitor y lo calificó como “articuladas agendas de difamación y descrédito para lograr alejar y borrar por completo a ese otro padre”.INS

lp