P. Rico-Someten medidas para ampliar protecciones a estudiantes de Educación Especial

San Juan, 3 sep (INS).- El portavoz senatorial del Partido Independentista Puertorriqueño (PIP), Juan Dalmau Ramírez, presentó los proyectos 1347 y 1356, que buscan ampliar las protecciones a estudiantes de Educación Especial.

Las piezas legislativas pretenden extender protecciones adicionales a los niños con diversidad funcional que puedan ver su seguridad, integridad física o autoestima lacerada por actos de “bullying” y enmendar la “Ley para la Seguridad, Bienestar y Protección de Menores”, a los fines de establecer que los niños registrados en el Programa de Educación Especial, que no hayan cumplido 21 años, deben considerarse “menores” a los efectos de la aplicación de la ley.

El legislador independentista indicó que ambas medidas buscan hacer justicia y ampliar las protecciones de los estudiantes que forman parte del Programa de Educación Especial.

En cuanto al 1347, el senador Dalmau Ramírez subrayó que está dirigido a atender circunstancias excepcionales que permanecieron desatendidas por “Ley contra el hostigamiento e intimidación o “bullying” del Gobierno de Puerto Rico”.

El artículo 9 del estatuto (Ley 85 de 2017) determina que, en aras de que sean atendidos desde una óptica terapéutica, los casos de “bullying” en que resulten denunciados estudiantes registrados en el Programa de Educación Especial del Departamento de Educación se regirán por los procedimientos disciplinarios contenidos en el “Manual de Procedimiento de Educación Especial”.

“Sin embargo, la Ley 85 y el Manual de Procedimiento de Educación Especial no contemplan cómo debe procederse cuando tanto la víctima como el niño denunciado se encuentren registrados en el referido Programa de Educación Especial, particularmente para proteger a la víctima de futuros actos constitutivos de hostigamiento, intimidación, agresión o ‘bullying’. Con este proyecto de ley buscamos atender esas circunstancias especiales no previstas por el estatuto original, extendiendo protecciones adicionales a los niños con diversidad funcional que puedan ver su seguridad, integridad física o autoestima lacerada por otros niños registrados en el Programa de Educación Especial y salvaguardar un balance de intereses entre los derechos de unos y otros que garantice la dignidad de todas las partes”, puntualizó el senador pipiolo.

El portavoz del PIP en el Senado anunció además la presentación del proyecto 1356, una medida que busca enmendar el artículo 3 de la Ley 246 de 2011 (“Ley para la Seguridad, Bienestar y Protección de Menores”), a los fines de establecer que los niños registrados en el Programa de Educación Especial que no hayan cumplido 21 años de edad deben considerarse “menores” a los efectos de la aplicación de la ley.

La “Ley para la Seguridad, Bienestar y Protección de Menores” sólo protege expresamente a los menores a hasta los 18 años de edad, sin hacer reconocimiento específico de las protecciones legales especiales que pudieran necesitar los menores con diversidad funcional entre los 18 y los 21 años de edad ante los escenarios de maltrato y peligro previstos por ese estatuto.

“Como parte de nuestro compromiso con la población con diversidad funcional en Puerto Rico, buscamos que la Asamblea Legislativa de Puerto Rico determine extender los derechos, protecciones y cuidados que la ‘Ley para la Seguridad, Bienestar y Protección de Menores’ antes sólo ofrecía a los menores que no hubiesen cumplido los 18 años de edad, a toda persona registrada en el Programa de Educación Especial del Departamento de Educación que no hubiere cumplido los 21 años de edad. De esta manera armonizamos el ordenamiento aplicable a las personas con diversidad funcional para que ellas y ellos, que todavía se encuentran en su proceso educativo formal bajo la supervisión del Departamento de Educación, no queden desprotegidos ante situaciones de maltrato y peligro una vez cumplen los 18 años de edad”, sentenció Dalmau Ramírez.INS

lp