P. Rico-Proponen ley para dar más protección al consumidor a la hora de escoger seguro de viaje

San Juan, 6 mar (INS).- El portavoz de la mayoría en el Senado, Carmelo Ríos, anunció la presentación de una medida para que los agentes de viajes o mayoristas de viajes y excursiones no solo incluyan como parte de sus cláusulas y condiciones una recomendación al cliente de comprar un seguro de viaje a través de un agente de seguros autorizado, sino que el cliente, al momento de firmar el contrato, pueda indicar de forma explícita si desea o no la cubierta luego de estar informado.

El proyecto del Senado 1028 propone crear la “Ley para la Selección Informada sobre el Seguro de Viaje”, cuyo fin principal será darle mayor protección e información al cliente.

Sobre la medida, el legislador apuntó que “aunque en esencia las agencias de viaje sí incluyen la recomendación del seguro de viajes en los documentos que preparan con las cláusulas y condiciones, la realidad es que son muy extensos y las personas no se percatan de dicha sugerencia”.

Agregó que “esto causa que constantemente lleguen reclamaciones a las agencias de viajes cuando el pasajero no puede utilizar el boleto para la fecha adquirida. De hecho, muchas de estas quejas llegan precisamente como querellas a la Compañía de Turismo y el denominador común es que son a consecuencia de que el cliente no se percató de la existencia de la recomendación cuando firmó los documentos de la agencia o mayorista, por lo cual muchas veces no tienen un remedio”.

Por eso, indicó, “escoger entre comprar o declinar un seguro, promueve que la persona tome una decisión consciente antes de adquirir su boleto”, aseguró. La mayoría de las veces estas situaciones se dan por razones de salud que no fueron previsibles”.

Opinó, en cuanto al pasajero, que estará mejor informado, previo a realizar su compra, de que existe un seguro de viaje que podría proteger su inversión en casos específicos y si entiende que vale la pena, lo adquirirá. De otra parte, la agencia tendrá un mecanismo adicional para demostrar que, en caso de el cliente no haber podido usar los pasajes o boletos comprados por algún inconveniente, la reclamación contra ellos no procede, debido a que declinó acogerse al seguro”.

La pieza legislativa detalla que las agencias o mayoristas tendrán un término de 90 días, a partir de la aprobación, para modificar sus documentos.

De no cumplir con lo establecido, luego del mencionado periodo toda agencia o mayorista podrá ser multado hasta un máximo de 500 dólares, independiente de cualquier reclamación que pueda tener el cliente.

Según el Código de Seguros de Puerto Rico, un seguro de viajes cobija la cancelación o interrupción del viaje, pérdida de equipaje, muerte, enfermedad, accidente, incapacidad y daño a artículos personales, cuando el mismo esté limitado a un viaje en específico y sea emitido en relación con transportación provista por una línea de transporte acuático, terrestre o aéreo.

Asimismo, puede cubrir los gastos de traslado del asegurado en caso de emergencia, hospitalización o intervenciones quirúrgicas y gastos incurridos por la cancelación del viaje a consecuencia de fallecimiento, accidente o enfermedad.INS
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