P. Rico-Destacan necesidad de actualizar disposiciones legales relativas a animales que son entrenados para asistir a personas con impedimentos

Rossana López León./Inter News Service

San Juan, 28 feb (INS).- Ante la necesidad de actualizar las disposiciones legales relativas a los animales que son entrenados para asistir, la senadora Rossana López León presentó el proyecto del Senado 272.

La medida busca crear la “Ley de Animales Dedicados”, con el propósito de fortalecer los derechos de personas con impedimentos y personas que por otras condiciones de salud ameriten recurrir al uso de animales dedicados para asistirles y mejorar su calidad de vida.

“La ley que rige este tema data de hace 48 años y merece ser actualizada”, señaló la legisladora sobre la Ley 51 de 1970, entre otras normativas relacionadas que también serían enmendadas para modernizar la reglamentación y hacer más fácil la vida de la persona con impedimentos.

Agregó que “más allá del concepto conocido como perros guía para personas ciegas, los tiempos modernos y la evolución en el entrenamiento, ha ampliado las opciones al momento de seleccionar los animales que, a través de su dedicación al servicio o terapia, puedan ayudar a estas personas”.

En el caso de niños con diagnósticos dentro del trastorno de autismo, un animal dedicado ayuda al control de movimientos repetitivos, estimula la interacción social, contribuye a aliviar las irregularidades en el sueño, y guía o busca al niño en lugares donde pueda perder la noción de dirección, sostuvo la senadora.

De igual manera, dijo que para personas con condiciones de salud mental como fobias, esquizofrenia o desorden bipolar, un animal dedicado puede ser un instrumento para alcanzar la serenidad o guía en momentos de desorientación.

En el caso de personas sordas, “su animal dedicado ‘oye’ por su cuidador, alertándole de ruidos y guiándole en los espacios en los que la persona se desenvuelve. Además, las extraordinarias características de un animal debidamente entrenado, permiten que anticipe o responda a convulsiones en pacientes epilépticos, entre otras condiciones y que asista a la persona en caso de caídas o de dificultades respiratorias, convirtiéndose en un auténtico protector de vidas, especialmente en el caso de niños de corta edad”, declaró.

Para la legisladora, existe la necesidad de establecer de forma precisa el registro de entidades proveedoras de entrenamiento de animales dedicados donde los ciudadanos adquirientes puedan acudir confiados en que allí se les proveerá el servicio de entrenamiento o venta de un animal dedicado que sirva con el propósito para el impedimento o condición de salud de la persona, según sea el caso. Por estas razones, consideró que es necesario derogar la Ley 51 de 1970 “e incorporar en esta norma las disposiciones ajustándolas, con el fin de clarificar las exigencias de acceso libre a lugares públicos y privados para personas acompañadas de su animal dedicado, atemperándolas a las interpretaciones de la ley federal ADA”.

La medida, que tiene la coautoría del senador por Arecibo Ángel Martínez, celebró audiencias públicas por la Comisión de Bienestar Social y Asuntos de la Familia, con las expresiones a favor de la Oficina del Procurador de las Personas con Impedimentos, Departamento de la Familia, la Corporación del Fondo de Seguro del Estado, Departamento de la Vivienda, Departamento del Trabajo y el Departamento de Transportación y Obras Públicas.

La única institución que se expresó en contra en las vistas públicas fue el Colegio de Médicos Veterinarios de Puerto Rico, solicitando una mejor definición del término “animal de servicio” y preocupaciones sobre los tramites administrativos.INS
lp

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