
Imagen de archivo de los generales militares Adán Cáceres Silvestre, Juan Carlos Torres Robiou y el coronel policial Rafael Núñez D’Aza (con lentes), condenados a 20 años de prisión por estafar al Estado dominicano en el denominado caso Coral. Inter News Service
Santo Domingo, 16 jun (INS).-El Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional ordenó, la madrugada de este martes, 20 años de prisión contra los generales militares Adán Benoni Cáceres Silvestre y Juan Carlos Torres Robiou, así como al coronel de la Policía Nacional, Rafael Núñez D’Aza, tras encontrarlos culpables de integrar un entramado de corrupción que desfalcó al Estado dominicano con miles de millones de pesos en el denominado Caso Coral.
La decisión fue adoptada por el tribunal presidido por la jueza Esmirna Gisselle Méndez e integrado por las magistradas Tania Yunes y Jissel Naranjo, luego de un extenso juicio en el que el Ministerio Público presentó cientos de pruebas documentales, periciales y testimoniales.
El mayor general Cáceres Silvestre y el general de brigada Torres Robiou ejercieron las funciones de jefe del Cuerpo de Especializado de Seguridad Presidencial (Cusep) y del Cuerpo Especializado de Seguridad Turística (Cestur), respectivamente, durante los dos últimos gobiernos administrados por el hoy opositor Partido de la Liberación Dominicana (PLD).
Fueron hallados culpables de asociación de malhechores, prevaricación, desfalco, enriquecimiento ilícito, incremento patrimonial injustificado y delitos agravados por su condición de funcionarios públicos.
Mientras que el coronel D’Aza fue condenado por los delitos de asociación de malhechores, prevaricación, soborno, desfalco, estafa contra el estado, enriquecimiento ilícito y lavado de activos agravado.
Los jueces establecieron que el mayor general Cáceres Silvestre incurrió en enriquecimiento ilícito y participó en un esquema de lavado de activos mediante la «creación de una estructura compleja» de personas físicas y jurídicas que distrajo fondos públicos a través de las citadas entidades gubernamentales.
Las magistradas también les impusieron el pago de 400 salarios mínimos. Además dispusieron la devolución de 5,000 millones de pesos al Estado (equivalentes a US$ 85,513,081).
Según el expediente acusatorio, la red operó entre 2012 y 2020 utilizando estructuras del Cusep, el Cestur y otras dependencias estatales para desviar recursos destinados a inteligencia, combustibles, alimentación y nóminas.
El Ministerio Público, que calificó de histórica la sentencia, sostuvo en la acusación que los integrantes de la estructura designaban militares y policías con salarios que oscilaban entre 20,000 y RD$70,000 pesos mensuales (entre 342 y 1,197 dólares estadounidenses), pero estos solo recibían una parte de los fondos asignados, mientras el resto era presuntamente apropiado por los miembros de la organización.
El veredicto condenó al general de la Fuerza Aérea Julio Camilo de los Santos Viola y la pastora Rossy Guzmán a 15 años de prisión e igualmente el pago de 400 salarios mínimos. El salario mínimo en República Dominicana para el 2026 varía entre RD$16,993.20 y RD$29,988.00 (290 y 512 dólares), según el tamaño de la empresa y el sector económico.
En el dictamen judicial se ordenó el decomiso a favor del Estado dominicano de 422 bienes muebles e inmuebles, incluyendo propiedades, vehículos de lujo, cuentas bancarias, dinero en efectivo, armas de fuego, equipos tecnológicos y otros activos vinculados a los condenados y a empresas utilizadas como parte de la estructura de corrupción.
Entre los bienes confiscados figuran millones de pesos y miles de dólares en efectivo, además de decenas de cuentas bancarias y certificados financieros en entidades bancarias. Las autoridades identificaron depósitos y certificados con montos que superan los siete millones de pesos, así como cuentas en dólares con balances superiores a los US$100 mil.
Otros condenados
A 10 años de cárcel fueron sentenciados Esmeralda Ortega Polanco, José Manuel Rosario Pirón, general Boanerges Reyes Batista, Franklin Antonio Mata Flores, Jehohanan Lucía Rodríguez Jiménez, Erasmo Roger Pérez Núñez y
Kelman Santana Martínez. En el caso del mayor del Ejército, Raúl Alejandro Girón Jiménez, quien fue el testigo clave del Ministerio Público en el caso, fue condenado a cinco años de pena cumplida.
Condenados con penas suspendidas de cinco años de prisión figuran: Yehudy Blandesmil Guzmán Alcántara, Alejandro José Montero Cruz, Epifanio Peña Lebrón, Lucía de los Santos Viola, Onoris Beatriz Soto de los Santos, Manuel de Jesús Alba Solano y Elida María Trinidad Santiago.
Por igual, las juezas dictaron prisión suspendida de tres años para Pedro Roberto Castillo Nolasco, Carlos Lantigua y Raymel Pastor del Rosario Viola, mientras fueron absueltos de responsabilidad penal Tanner Antonio Flete Guzmán, Manuel de Jesús Alba Solano, Guillermo de Jesús Torres Roboiu, Santiago Antonio Suárez Peguero, Miguel Ventura Pichardo y Erick Daniel Pereyra Núñez.
El esquema
El tribunal concluyó que el entramado de corrupción utilizó las nóminas del Cusep y el Cestur para desviar fondos públicos mediante la inclusión de personas que recibían salarios sin desempeñar funciones reales. Según el dispositivo de la condena, muchos de los reclutados eran militares asignados a otras instituciones o personas captadas por una red de colaboradores.
Una vez recibían los pagos, los beneficiarios debían devolver la totalidad o gran parte del dinero a los llamados «cabezas recolectoras», quienes posteriormente entregaban los fondos al entonces gerente financiero del Cusep, Rafael Núñez de Aza, mediante depósitos, transferencias o en efectivo.
Las juezas determinaron que la estructura de corrupción operó durante años con la participación de funcionarios de ambas instituciones y permitió recaudar millones de pesos mensuales. Testigos aseguraron que solo en el Cusep se colectaban entre 1.7 y 1.9 millones de pesos cada mes (entre 29,074 y 32,494 dólares), mientras que en el Cestur la cifra rondaba RD$1.2 millones de pesos (20 mil dólares).
La decisión judicial describe la adquisición de múltiples inmuebles a título personal y mediante terceros. Entre ellos figura una vivienda en el residencial Colinas del Oeste cuya compra, según testimonios acogidos por el tribunal, fue gestionada y pagada parcialmente por el también condenado Rafael Núñez D’Aza.
Asimismo, fueron identificadas otras propiedades y apartamentos cuyos pagos fueron realizados por personas vinculadas al entramado, mecanismo que el tribunal consideró parte de las maniobras para ocultar el origen real de los recursos.
La sentencia sostiene que, a partir de 2014, el esquema evolucionó hacia la utilización de empresas para adquirir y administrar bienes sin que estos aparecieran directamente a nombre de Adán Cáceres Silvestre.
Entre las entidades señaladas, figura CCNA Universo Empresarial, sociedad que, según el tribunal, fue utilizada como vía para adquirir inmuebles y vehículos vinculados a Cáceres y Núñez D´Aza. Los jueces concluyeron que la empresa no tenía una actividad económica suficiente para justificar el patrimonio que manejaba.
También fue identificada la empresa Único Real Estate, descrita en la sentencia como una entidad utilizada para colocar bienes y capitales de origen ilícito sin desarrollar operaciones comerciales reales.
Otro de los mecanismos señalados por el tribunal fue la Asociación Campesina Madre Tierra, organización sin fines de lucro que, según la decisión, funcionó como una estructura para mezclar recursos ilícitos con actividades agrícolas legítimas.
Los jueces acogieron testimonios que situaron a Adán Cáceres como la persona que ejercía el control real de la entidad, pese a que formalmente no figuraba entre sus directivos. La lectura de las motivaciones indica que a través de esta asociación se realizaron movimientos millonarios, pagos a terceros y operaciones financieras vinculadas al entramado.
La Corte colegiada concluyó que la organización permitía la colocación, mezcla y estratificación de recursos, etapas características de los procesos de lavado de activos.
La decisión judicial establece, además, que las propiedades, empresas y asociaciones identificadas fueron utilizadas para transformar, colocar y alejar bienes y capitales de su origen ilícito, completando así el ciclo de lavado de activos atribuido a la red por el Ministerio Público.
Para los jueces, las pruebas documentales, financieras y testimoniales presentadas durante el juicio demostraron que Adán Cáceres desarrolló un patrimonio incompatible con sus ingresos legítimos y recurrió a diversas estructuras societarias y asociativas para ocultar la procedencia de los recursos obtenidos de manera ilícita.
«Para cerrar respecto de este apartado y de este grupo de empleados, de personas que se vinculan con la adquisición de bienes propiedad de Adán Cáceres en un claro esquema de lavado de activos, debemos enfatizar que la posesión y la propiedad de tantos bienes, muebles e inmuebles, y no los hemos mencionado todos, sino sólo aquellas operaciones relevantes respecto de los imputados para justificar la conclusión a la que hemos arribado, denotan un incremento patrimonial injustificado, que es la conducta atribuida igualmente a Adán Benón y Cáceres Silvestre, quien utilizó una estructura compleja de personas físicas y jurídicas para colocar, administrar, ocultar e integrar bienes provenientes de los delitos precedentes», establecieron las juezas. INS
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FALLO JURÍDICO-01-INS
Imagen de archivo de los generales militares Adán Cáceres Silvestre, Juan Carlos Torres Robiou y el coronel policial Rafael Núñez D’Aza (con lentes), condenados a 20 años de prisión por estafar al Estado dominicano en el denominado caso Coral. Inter News Service
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