
Una sesión del Tribunal Constitucional dominicano. Inter News Service
Santo Domingo, 7 jun (INS).- El presidente de la República, Luis Abinader, dijo que el gobierno buscará la manera legal de reivindicar los derechos anulados por una sentencia del Tribunal Constitucional que dejó sin efecto una resolución del Ministerio de Trabajo que regula la contratación de las empleadas domésticas.
«Nosotros la vamos a evaluar, no la hemos visto (la sentencia), no conocemos el dispositivo; la vamos a evaluar y después de evaluarlo, tomaremos la medida», refirió el mandatario.
Sostuvo que, aunque van a acatar la decisión del tribunal, su administración va a insistir en otorgar a esas trabajadoras los derechos que volvieron a perder al anularse la referida resolución.
«Nuestra intención es que se haga justicia con todas las empleadas domésticas del país, nosotros pensamos que debe hacerse. Obviamente que tenemos que respetar cualquier decisión del Tribunal Constitucional, pero buscaremos la vía, la forma legal y constitucional para poder lograrlo», expresó el gobernante.
El Tribunal Constitucional anuló la resolución número 14-2022, “sobre adopción y armonización de medidas atinentes al mejoramiento del cumplimiento del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)”, emitida por el Ministerio de Trabajo el 25 de agosto de 2022 que pretendía crear mejores condiciones para el oficio de ese sector laboral.
Además, la ordenanza objetada establece que los trabajadores y trabajadoras deberán tener un descanso de 36 horas a la semana, de acuerdo con los términos del contrato e indica que el salario de los trabajadores domésticos sea preferiblemente pagado en efectivo, en la fecha acordada por las partes, en periodos que nunca serán mayor a un mes de labores. El pago podrá efectuarse a través de cualquier medio legal, siempre y cuando sea con el consentimiento del trabajador.
También consigna que los trabajadores y las empleadas domésticas gozarán el derecho a un salario de Navidad, a más tardar el 20 de diciembre de cada año, y tener un seguro de salud.
El Tribunal Constitucional ordenó la comunicación del fallo jurídico, por Secretaría, a la parte accionante, el abogado Luis Manuel Vilchez Bournigal; al Ministerio de Trabajo, al Congreso Nacional y a la Procuraduría General de la República.
El dispositivo de sentencia fue publicado este martes, en el comunicado 35-23, a través de la página web del TC, el cual no contiene las motivaciones del fallo.
La acción de inconstitucionalidad contra la ordenanza del Ministerio de Trabajo fue encaminada ante la alta corte por el abogado Luis Manuel Vilchez Bournigal, quien justificó ese procedimiento legal porque entendía que la medida ministerial, “si bien tenía sus buenas intenciones, no cumplía con las disposiciones legales. Una resolución no puede modificar una ley especial, como es el caso del Código de Trabajo”.
Según declaró a los medios, la dependencia gubernamental quería justificar esa iniciativa “amparándose en la firma del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) del 25 de agosto de 2022, sin tomar en cuenta que para cumplir con dicho acuerdo el mismo debía adaptarse a las leyes dominicanas”.
“Primero, el ministro de Trabajo, de acuerdo con el Código de Trabajo no tiene la facultad de hacer ese tipo de resoluciones y, segundo, el mismo convenio de la OIT tenía que ajustarse a la legislación nacional”, indicó.
En ese sentido, sostuvo que la única manera de hacer esto último es a través del Congreso Nacional y “eso fue lo que no quisieron observar a pesar de las numerosas llamadas de atención de distintos abogados y distintos grupos”.
El jurista también expuso que la anulación emitida por la corte colegiada no quiere decir que se entienda que las trabajadoras domésticas no tengan derecho a tener mejores o más claras condiciones laborales sino más bien, de evitar futuros infortunios legales.
“Lo que se busca es que se haga correctamente para justamente evitar situaciones posteriores donde cualquier persona pueda reclamar que eso que le reclama su trabajadora doméstica es inconstitucional, embarcándose en un pleito en el Tribunal Constitucional y entonces echar todo para atrás”, dijo.
Se recuerda que hace pocos meses este profesional también elevó por ante ese tribunal otro recurso de inconstitucionalidad contra la resolución del 551-08, del Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS), que incluyó a las empleadas domésticas en el Sistema Dominicano de la Seguridad Social (SNSS).
En esa ocasión, Vílchez Bournigal alegó que el CNSS se extralimitó en sus funciones al establecer por resolución un régimen de pagos a la seguridad social distinto para el régimen contributivo subsidiado al que dicta la Ley 87-01, que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social, que ordena un aporte del empleado y otro del Estado, pero en la referida ordenanza administrativa se responsabiliza a los empleadores de las domésticas a pagar una porción. INS
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