P. Rico-Senado/Aprueban reconsideración de medida que enmienda la “Ley de Adopción”

Joanne Rodríguez Veve./Inter News Service

San Juan, 13 may (INS).- El Senado, en una sesión ordinaria, aprobó en su reconsideración el proyecto 500, de la autoría de la senadora del Proyecto Dignidad, Joanne Rodríguez Veve y del senador del Partido Popular Democrático, Rubén Soto Rivera, para enmendar el artículo 14 de la “Ley de Adopción de Puerto Rico”, con el fin de que ciudadanos estadounidenses y residentes legales permanentes puedan ingresar al Registro Voluntario de Adopción.

“La enmienda que se presenta en este proyecto es para que quede claramente establecido que lo dispuesto sobre la posibilidad que ciudadanos americanos que no residan en Puerto Rico, se hace al amparo de legislación federal. Deben conocer que en diferentes jurisdicciones de Estados Unidos se autoriza que ciudadanos y extranjeros puedan adoptar y solo a través de agencias autorizadas…El proyecto no es para la creación de agencias de adopción…Esta medida es para poder ampliar la posibilidad para que niños y niñas puedan ser adoptados”, afirmó Rodríguez Veve.  

La medida señala que los retos que se enfrentan al momento de identificar posibles adoptantes de niños mayores de tres años, con condiciones especiales y grupos de hermanos, requiere de acciones afirmativas por parte del gobierno para facilitar su adopción.

“Según los datos de la Administración de Familias y Niños (ADFAN), en el Registro Estatal Voluntario de Adopción (REVA), hay unas 229 parejas o personas registradas, mientras que tenemos 164 menores bajo la custodia del gobierno que están listos para ser adoptados. La razón para ello es que según aumenta la edad del menor su probabilidad de ser adoptado disminuye debido a las preferencias de edad de la mayoría de las partes adoptantes, quienes prefieren niños menores de tres años. A esto se suman otros retos, como menores con diversidad funcional o que pertenecen a un grupo de hermanos”, añade la medida.

El proyecto también establece que un solicitante que sea ciudadano americano o residente legal permanente de Estados Unidos podrá ingresar al REVA, siempre que cumpla con los requisitos legales y reglamentarios del Departamento de la Familia. 

“Además de cumplir con lo antes dispuesto, aquel solicitante que resida fuera de Puerto Rico y aspire a ingresar al REVA se someterá, a su costo, al Estudio Social que acredite su idoneidad como recurso adoptivo”, reza la pieza legislativa.INS

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