
El representante Carlos Méndez Núñez. / Inter News Service, archivo
San Juan, 11 nov (INS).- La Cámara de Representantes aprobó el proyecto 25, de la autoría del portavoz de la delegación del Partido Nuevo Progresista (PNP) en ese cuerpo legislativo, Carlos Méndez Núñez, el cual crea la “Ley del Panel Voluntario de Abogados Compensados en Procedimientos de Naturaleza Penal celebrados en el Tribunal General de Justicia de Puerto Rico”, con el propósito de proveer un mayor acceso a la justicia a las personas de escasos recursos económicos durante diversas etapas de un juicio, así como brindar justicia en la compensación a los abogados que tramitan este tipo de casos.
El proyecto ahora pasa al Senado para su evaluación.
«Este es un proyecto de avanzada que permite asistir a nuestra gente, ampliando el acceso a la justicia. Entendemos que es obligación del Estado proveer los recursos y establecer los mecanismos pertinentes para que los acusados en procedimientos criminales tengan acceso a representación legal adecuada, en aquellos casos en que éstos no puedan costear. Por tanto, no debe recaer exclusivamente sobre los hombros de la abogacía. Por eso el Panel Voluntario de Abogados Compensados en Procedimientos de Naturaleza Penal se hace bien importante», indicó el político.
La pieza legislativa, la cual tiene como coautor al actual presidente de la Cámara, Rafael Hernández Montañez y al representante Orlando Aponte Rosario, también establece que el nuevo panel estará adscrito a la Sociedad para Asistencia Legal (SAL) y tendrá la responsabilidad de implementar un sistema de representación legal compensada, para proveer sus servicios a ciudadanos de escasos recursos mediante la designación de abogados de la práctica privada.
Los recursos para el funcionamiento del Panel se sufragarán de los fondos provenientes de las ventas del sello especial de suspensión, según dispone la Ley de Aranceles.
Se asignaría cinco dólares de los derechos arancelarios para presentar querellas bajo la Ley sobre Controversias y Estados Provisionales de Derecho y el pago de 20 a ser cancelado por las compañías de finanzas al momento de prestar la misma.
Durante años, se ha denunciado que existen muchos casos de que abogados de oficio no tienen, ni la capacidad económica para poder contratar a un buen perito, o para poder hacer una investigación profunda en los casos asignados.
Con el propósito de crear un sistema uniforme para la asignación de abogados de oficio en procedimientos penales, el 30 de junio de 1998, el Tribunal Supremo promulgó el Reglamento para la Asignación de Abogados de Oficio en Procedimientos de Naturaleza Penal.
A cuatro años de su implantación, en la Vigésimo Segunda Conferencia Judicial de Puerto Rico, se comprobó la necesidad de efectuar una evaluación de la efectividad del sistema de abogados de oficio creado a la luz del Reglamento de 1998. Consecuentemente, el Tribunal Supremo creó el Comité para el Estudio de la Asignación de Abogados y Abogadas de Oficio con la tarea de evaluar, recopilar información, analizarla y someter un informe con sus recomendaciones y hallazgos.
El 4 de marzo de 2005, el Comité emitió su informe y recomendaciones.
Entre las conclusiones del informe en referencia, se desprende que los abogados que ejercen el derecho penal privadamente y que están obligados a brindar servicios de oficio han asumido una carga de casos sumamente onerosa, ya que ésta no se distribuye equitativamente entre todos los miembros de la profesión legal.
Para el Comité, “el deber impuesto a los abogados criminalistas ha trascendido el lindero de lo razonable por lo que debe configurarse un nuevo sistema que no resulte oneroso ni discriminatorio para el reducido grupo de la profesión legal que atiende casos de naturaleza penal”.INS
lp
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