P. Rico-Se celebran en el país adopciones simultáneas de 14 niños entre uno y 16 años, mientras que en el año ya suman 148

Maite Oronoz Rodríguez./Inter News Service, archivo

San Juan, 1 nov (INS).- El Poder Judicial celebró hoy procesos simultáneos de adopción a través de múltiples regiones judiciales del país.

Según anunció la jueza presidenta del Tribunal Supremo, Maite Oronoz Rodríguez, el acontecimiento se llevó a cabo como parte de la conmemoración del Día de la Adopción y forma parte de una colaboración intergubernamental entre el Departamento de la Familia, Justicia y el Poder Judicial.

Durante el día se celebraron adopciones de 14 niños entre uno y 16 años. 

Oronoz Rodríguez explicó que la coordinación para realizar los procesos simultáneos surgió en aras de promover la adopción de niños, niñas y adolescentes en la espera de un hogar. 

Según datos suministrados por Familia, en lo que va de 2021 se ha completado el proceso de adopción de 148 menores.

“Toda persona menor de edad en espera a ser adoptada tiene derecho a crear un vínculo familiar con personas con las cuales se pueda sentir confiada, protegida y amada. La Ley de Adopción de Puerto Rico delimita los contornos mediante los cuales se viabilizan las adopciones en Puerto Rico y designa al Poder Judicial como árbitro del proceso y garante de los derechos que envuelven a los participantes”, expresó Oronoz Rodríguez.

Durante noviembre, el Poder Judicial también dedicará esfuerzos para orientar a la comunidad sobre los procesos judiciales en torno a la adopción a través de su plataforma digital y redes sociales. 

Asimismo, enfocará una serie de su videopodcast “Tribunales Informa” en temas afines con los procedimientos de adopción, incluyendo la discusión de las etapas iniciales del proceso en el Departamento de la Familia, definiciones de los conceptos legales relevantes al tema y la información sobre aspectos pertinentes a los requerimientos de la Ley 61 de 2018 (Ley de Adopción de Puerto Rico).

Conforme a la ley, con el propósito de proteger el derecho constitucional a la intimidad de las partes, el proceso de adopción es “expedito, flexible y confidencial”. 

Mediante la adopción, se le brinda la oportunidad a una persona de pertenecer legalmente a un núcleo familiar distinto al de su nacimiento. 

Por ello, tan pronto se decrete, quien se adopte se considera hijo o hija de la persona adoptante con todos los derechos, deberes y obligaciones que corresponden por ley.INS

lp

Attachments