P. Rico-Aprueban en la Cámara proyecto para prohibir los internados no remunerados salvo contadas excepciones

San Juan, 15 sep (INS).- La Cámara de Representantes aprobó un proyecto que busca regular las experiencias de internados y pasantías en Puerto Rico.

El proyecto de la Cámara 817, que busca establecer la Ley de Internados Justos de Puerto Rico, fue aprobado con el aval de legisladores de todos los partidos representados en la Cámara. 

José Bernardo Márquez./Inter News Service, archivo

Según el autor del proyecto, el representante José Bernardo Márquez Reyes, de Victoria Ciudadana, su aspiración es “hacerle justicia a la juventud puertorriqueña que cada vez enfrenta mayores dificultades para desarrollarse académica y profesionalmente”.

Precisamente, en el trámite legislativo de la medida, salió a relucir el valor de los internados y pasantías para el desarrollo profesional de los jóvenes. 

Según reza el informe positivo que le dio a la medida la Comisión de Asuntos de la Juventud, el National Association of Colleges and Employers en su 2017 Student Survey Report señaló que 60% de los graduandos y graduandas que reportaron haber realizado un internado recibieron una oferta de empleo, comparado con 36% de aquellos y aquellas que no participaron de un internado o pasantía. 

Por otra parte, una cantidad sustancial de estos internados y pasantías no son remuneradas. 

Según también señala el informe positivo de la medida, un estudio del Harvard Business Review apunta a que 43% de los internados y pasantías en el sector privado no son remunerados. 

Así las cosas, según el representante Márquez Reyes “la cultura de los internados puede ser muy desigual, porque quienes pueden realizar internados y aumentar sus proyecciones laborales son quienes pueden aceptar internados o pasantías sin remuneración alguna.”

El proyecto según aprobado, prohibiría los internados y pasantías sin compensación económica, requiriendo que se remunere a los internos con al menos el salario mínimo. No obstante, establece ciertas excepciones. 

Entre éstas exime del requisito de paga a aquellos programas a cambio de créditos universitarios, los programas de shadowing, voluntariado y aquellos de entidades sin fines de lucro que demuestren que no pueden pagar al estudiante y que cumplen con otros requisitos que se establecen en la ley.INS

 

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