P. Rico-Jueza determina que Rosselló Nevares no cumple con requisitos para ser cabildero por la estadidad y ordena su descalificación como delegado al Congreso de EEUU (incluye reacciones)

El exgobernador Ricardo Rosselló Nevares. / Inter News Service

San Juan, 30 jun (INS).- La jueza del Tribunal de Primera Instancia de San Juan, Rebecca de León Ríos,  determinó hoy que Ricardo Rosselló Nevares no cumple con los requisitos para ser cabildero por la estadidad y ordeno su descalificación como delegado al Congreso de EEUU.

Ante la decisión, el abogado del exmandatario adelantó que apelarán a la decisión de la jueza ante el Tribunal de Apelaciones y, de ser necesario, al Supremo.

El comisionado electoral del Proyecto Dignidad (PD), Nelson Rosario, había impugnado la elección del exgobernador como cabildero por la estadidad por incumplir por lo dispuesto en el Código Electoral y la Ley 167 de 2020 sobre los cabilderos por la estadidad. 

“Aún cuando el querellado (Roselló Nevares) sostuvo que su verdadero domicilio ubica en la casa de su suegro en la urbanización College Park, San Juan, Puerto Rico, afirmación que como señalamos no nos mereció credibilidad, la prueba demostró que sus intereses personales y actividades habituales, no giran en Puerto Rico”, dijo la jueza en su sentencia.

En su dictamen, la jueza añadió que “la prueba desfilada reveló que el querellado al momento de su elección estaba registrado como elector activo en Virginia de manera simultánea con Puerto Rico. Ello es contrario al Artículo 5.4 del Código Electoral que prohíbe estar registrado en dos jurisdicciones”.

Además, consideró que “luego de haber escuchado al querellado y observado sus gestos y conducta no verbalizada, no damos crédito a su alegado desconocimiento sobre la doble registración electoral”.

A su vez,  de León Ríos señaló en su fallo que “cónsono con lo expresado y en armonía con los lineamientos de nuestro Tribunal Supremo que ha dicho que ‘los jueces no debemos ser tan inocentes como para creer declaraciones que nadie más creería’, resolvemos que el querellado Ricardo A. Rosselló Nevares no cumplía con los requisitos de residencia ni de domicilio electoral establecidos en el Artículo 8 de la Ley 167-2020 al momento en que fue seleccionado por nominación directa como delegado, por lo que su elección estuvo viciada de nulidad, fue inoficiosa y no surte efectos jurídicos”.

Sobre la decisión, el comisionado electoral del Partido Popular Democrático (PPD), Gerardo Cruz Maldonado, dijo que “estamos satisfechos con la determinación de la jueza De León en su decisión de descalificar al elector Ricardo Rosselló porque no es domiciliario en Puerto Rico y porque no vive ni en Puerto Rico ni en Washington DC. Esto significa que la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) debe detener el proceso de certificación de Rosselló Nevares».

Mencionó que el tribunal «no creyó su teoría sobre su domicilio o lugar de residencia».

«El PPD se reitera en la necesidad de derogar el Código Electoral, sin embargo, al ser la ley vigente, todos deben cumplir con ella. Estaremos atentos sobre las determinaciones del presidente de la comisión sobre este y otros asuntos bajo su consideración», señaló.

Otro que se mostró complacido con la decisión fue el comisionado electoral del Partido Independentista Puertorriqueño (PIP), Roberto Iván Aponte. 

«La juez Rebecca de León decidió correctamente en derecho. El mundo paralelo de Ricky y su secta tienen que entender que al pueblo puertorriqueño se respeta. Basta ya de chiquilladas», expresó. 

El exmandatario, quien renunció como gobernador en agosto de 2019 en medio de masivas protestas gatilladas por las expresiones machistas, sexistas y homofóbicas de Rosselló Nevares en un chat, fue elegido como cabildero por la estadidad en el Congreso de EEUU el pasado 16 de mayo e iba ser juramentado el 1 de julio.

Sin embargo, el pasado 22 de junio, De León determinó en una vista argumentativa que la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) no certificara a Rosselló Nevares como cabildero de la delegación congresional.

Ya en una vista judicial el pasado 28 de junio, Rosselló Nevares señaló ante la jueza que paga hipoteca, contribuciones, agua, gas, luz, cable TV en su casa de Virginia.

Además, indicó que la entidad que creó de consultoría tiene sede en ese estado de EEUU y que ha ido a varios gimnasios en Virginia.

La dirección de la vivienda (en la urbanización de College Park) es la que sometió el exgobernador para su solicitud de voto ausente ante la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) en la elección especial para seleccionar a los cabilderos por la estadidad para el Congreso de EEUU.

Sin embargo, de acuerdo con la impugnación, Rosselló Nevares no cumplió con el Código Electoral, sobre los documentos que debía entregar, además de ser residente en Puerto Rico o Washington DC.

Al respecto, se alegó que el exmandatario no está domiciliado ni reside en Puerto Rico, sino que en Virginia, donde es un elector inscrito.

Sobre el asunto, el exgobernador dijo que “mi intención siempre fue votar en Puerto Rico y regresar a la Isla”, aunque fue cuestionado por el hecho de que no votara en las primarias del PNP ni en el plebiscito de 2020.

Rosselló Nevares dijo también que no recuerda si se inscribió como elector en Virginia, aunque sí tuvo memoria para señalar que canceló el pasado 9 de junio su inscripción como elector en Virginia.

Además, informó que vendió la casa en Villa Caparra y que la vivienda de College Park en San Juan “es de mi suegro”.

En relación a esta residencia, declaró que la hipoteca de esa casa “la paga mi suegro” y que no hace mantenimiento, control acceso y contribuciones, y admitió que la estructura no la puede alquilar, hipotecar ni regalar.INS

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