P. Rico-PFEI refiere a Ética Gubernamental caso de almacén de suministros de Ponce y no encuentra causa penal contra Acevedo y otros funcionarios

Carlos Acevedo./ Inter News Service, archivo

San Juan, 29 jun (INS).- El Panel sobre el Fiscal Especial Independiente (PFEl) resolvió referir a la Oficina de Ética Gubernamental (OEG) cualquier posible acción en torno a la investigación sobre el caso del almacén de suministros de Ponce.

El referido a la OEG se desprende de la investigación realizada por los fiscales especiales independientes Manud Núnez Corrada y Emilio Arilli Garcia. 

Los fiscales concluyeron que en el ámbito penal no encontraron suficiente prueba para sostener imputaciones criminales ante los tribunales.

Por ello, tanto el excomisionado Carlos Acevedo como los funcionarios Joel Figueroa Betancourt, Evelyn Cumba y Luis Cruz pasan ahora a la jurisdicción administrativa de Ética Gubernamental.

El asunto comenzó con una investigación preliminar realizada por el Departamento de Justicia, que determinó que los funcionarios referidos pudieron haber incurrido en posible conducta delictiva. 

En particular, lo relacionado con el artículo 261 del Código Penal (influencia indebida) y el 4.2 (r) de la Ley de la Oficina de Ética Gubernamental.

En síntesis, la prueba recopilada por Justicia apuntaba a la pérdida o daño a la propiedad pública en el almacén de suministros de Ponce, como consecuencia del incumplimiento de las funciones por parte de los funcionarios.

Particularmente, los FEI indicaron que “contra Acevedo se reflejaba que tenía conocimiento de lo que estaba ocurriendo en el almacén, que ejercía actos de custodia y administración, además de tomar decisiones de qué se distribuía o sacaba de la instalación.

En primera instancia, los fiscales especiales encontraron la inaplicabilidad del delito de influencia indebida.

Por ello, ampliaron su pesquisa en torno a la omisión en el cumplimiento del deber, negligencia y perjurio.

Aún así, no hallaron suficiente prueba para derrotar la presunción de inocencia y probar delitos en el ámbito del derecho penal.

“No hay prueba de que las personas referidas actuaron con la intención o finalidad específica de

que los suministros en el almacén se dañaran”, cita el informe de los fiscales contenido en la resolución del Panel.

Los fiscales encontraron evidencia de que, desde que Manejo de Emergencias, se asumió el control del almacén, hubo operativos de limpieza y organización del lugar. 

También, concluyeron que debido a que los artículos se almacenan y no se utilizan si no hay emergencia, los que tienen fecha de caducidad no se les pueden adjudicar la expiración a los funcionarios referidos.

Además, los FEI indicaron que el testimonio vertido por Acevedo en la investigación realizada por la Cámara de Representantes, le fue adjudicada total credibilidad.

“Con esta prueba exculpatoria, es imposible sostener alegados cargos criminales por perjurio”, determinaron los fiscales.INS

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