P. Rico-Cámara aprueba medidas para salvaguardar los derechos de los empleados de la AEE 

Según una de las medidas, los empleados de la AEE retendrán sus estatus como empleados de esta corporación, con los mismos derechos y beneficios./Inter News Service

San Juan, 9 jun (INS).- La Comisión de Desarrollo Económico, Planificación, Telecomunicaciones, Alianzas Público Privadas y Energía, presidida por el representante Luis Raúl Torres Cruz, aprobó en una audiencia de consideración final los proyectos de la Cámara 774, 775 y 776, para salvaguardar los derechos de los empleados de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE). 

El proyecto cameral 774 añade un subinciso a Ley 17 de 2019 (“Ley de Política Pública Energética”), para incorporar el principio de justicia ambiental y disponer que los empleados de la AEE retendrán sus estatus como empleados de esta corporación, con los mismos derechos y beneficios. 

“La Asamblea Legislativa reconoce la importancia de los empleados de la AEE por su conocimiento y experiencia para una rápida y adecuada transformación del sistema eléctrico en Puerto Rico. En este sentido, es una realidad que todos los esfuerzos razonables que se hagan para transformar la AEE, se hagan con los empleados de la corporación debido a sus enormes aportaciones en el proceso”, expresa la medida. 

Respecto del proyecto 775, enmienda la “Ley para Transformar el Sistema Eléctrico de Puerto Rico”, a los fines de eliminar la exención que se otorga sobre la aplicabilidad de ciertas disposiciones en los contratos de Alianza otorgados con relación a cualquier transacción de la AEE. 

Asimismo, enmienda la sección 8 (d) de la ley para especificar que la Comisión asistirá a la Autoridad únicamente en los asuntos en le sea requerida su asistencia y se limitará a su función reguladora. 

También,modifica la sección 18 (b) para añadir como excepción para el cumplimiento de esa sección en aquellos casos donde pueda haber conflictos de intereses o donde se afecte la imparcialidad. 

Finalmente, el proyecto 776 enmienda la “Ley de Alianzas Público Privadas” (Ley 29 de 2009), para establecer que cualquier entidad gubernamental que suscriba un Contrato de Alianza Público Privadas tendrá que aportar capital o bienes corporales. 

“Es meritorio enmendar la Ley 29 de 2009 para exigir como requisito que cualquier proponente bajo un contrato de Alianza Público Privada tenga que aportar dinero o capital privado y, además, prohibir que se permita establecer y financiar empresas privadas con fines de lucro con dinero público como parte de un contrato de Alianza Público Privada. Es imperativo re-enfocar la función de la Autoridad de Alianza Público Privadas respecto al otorgamiento de los contratos de alianza para que su función sea de fiscalización y no de supervisión de contratos”, enfatiza la exposición de motivos de esta medida. 

Según el presidente de esta comisión, Luis Raúl Torres, todas estas medidas son el resultado de los hallazgos que surgieron bajo la investigación que se realizó mediante la resolución de la Cámara 136, en torno al contrato de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) con Luma Energy para operar, administrar, mantener, reparar y restaurar la red eléctrica de la corporación pública por un periodo de 15 años. 

Las tres medidas fueron aprobadas bajo el mecanismo de “markup session”.

Los proyectos 774 y 775 tuvieron siete votos a favor, y la 776, ocho votos a favor.INS

lp

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