P. Rico-Impulsan medida para facilitar expedición de órdenes de protección a víctimas de violencia doméstica

La representante Lourdes Ramos, . / Inter News Service

San Juan, 3 may (INS).- Las representantes del Partido Nuevo Progresista (PNP) Yashira Lebrón, Lourdes Ramos y Wanda del Valle anunciaron la presentación de un proyecto de ley para enmendar el a2.5 de la Ley 54 de 1989 (Ley para la Prevención e Intervención contra la Violencia Doméstica), con el objetivo de facilitar que las víctimas de violencia doméstica puedan obtener una orden de protección de forma ex-parte al simplificar los factores que tienen que evaluar el juez a la orden de expedirla.

Además, se reduce de 48 a 24 horas el periodo que tiene la Oficina de la Administración de Tribunales (OAT) para notificar al agresor de la expedición de una orden de protección.

“En la búsqueda de soluciones reales y viables a los problemas que enfrenta las víctimas de violencia de género en Puerto Rico, encontramos la necesidad de facilitar la expedición de órdenes de protección ex – parte. Con esta medida se busca permitir que las personas, víctimas de violencia doméstica, puedan recibir la protección que se merecen a través de una orden ex -parte eliminando así requisitos que en muchos casos provocan atrasos en el proceso”, señaló Lebrón.

Ramos comentó que “esto permite alejar al agresor de la víctima, dándole el espacio al Departamento de Justicia, a través de sus fiscales, para que puedan investigar la situación y evaluar los elementos para la posible radicación de cargos y la expedición de una orden de protección permanente. De esta manera evitamos que por tecnicismos o falta de elementos que requiera actualmente la ley, un juez puede denegar la orden de protección solicitada”,

La medida, que se estará sometiendo en el día de hoy. elimina el inciso (a) de la antes mencionada ley, mientras que se modifica el lenguaje en los incisos (b) y (c) para que lea que (b) existe la probabilidad de que dar notificación previa a la parte peticionada provocará el daño [irreparable] que se intenta prevenir al solicitar la orden de protección, (c) cuando la parte peticionaria demuestre que existe [una probabilidad sustancial de] riesgo inmediato de maltrato.

En el año fiscal 2018-2019, de acuerdo a datos publicados por la Oficina de la Procuradora de la Mujer, se solicitaron a los tribunales unas 11,439 órdenes de protección en todo Puerto Rico de las cuales sólo se expidieron unas 7,692 de manera ex- parte y unas 4,496 de manera final.INS

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