P. Rico-Consejo de Cambio Climático señala a JP que no se deben permitir consultas de ubicación en reservas naturales y agrícolas, o cualquier área natural protegida, ante precipitado proceso de aprobación de reglamento conjunto

San Juan, 12 oct (INS).- El Consejo de Cambios Climáticos de Puerto Rico (PRCCC, siglas en inglés) señaló a la presidenta de la Junta de Planificación (JP), María del Carmen Gordillo, que no se deben permitir consultas de ubicación en reservas naturales y agrícolas, o cualquier área natural protegida, ante “precipitado” proceso de aprobación de reglamento conjunto.

El PRCCC, una asociación voluntaria que agrupa 107 científicos, planificadores, ingenieros, arquitectos, abogados y comunicadores sociales que representan a agencias federales, estatales, organizaciones sin fines de lucro y no

gubernamentales, universidades públicas y privadas, recordó que el 22 de septiembre pasado solicitó una extensión al período de comentarios al

Reglamento Conjunto 2020 para la Evaluación y Expedición de Permisos Relacionados al Desarrollo, Uso de Terrenos y Operación de Negocios, el cual no ha sido aprobado, manteniéndose el 9 de octubre de 2020 como la fecha límite para someter comentarios. 

Sobre el reglamento, la entidad indicó que “ha resultado virtualmente imposible evaluar responsablemente y comentar los 12 tomos en 30 días, debido a su complejidad y alto contenido técnico. No obstante, nos sentimos obligados a

responsablemente señalar algunos de los asuntos más delicados obviados, subestimados o que necesitan ser revisados a la luz de la política pública establecida a través de la Ley de Mitigación, Adaptación y Resiliencia al Cambio Climático de Puerto Rico (Ley 33 de 2019)”.

“El PRCCC ratifica su preocupación ante la subestimación de los diversos, serios y evidentes impactos actuales y potenciales de los cambios en las condiciones climáticas, oceánicas a nivel global y local. Estos impactos ya se manifiestan en nuestras áreas urbanas, comunidades, infraestructura, recursos naturales y muy especialmente, en nuestras costas”, señaló la agrupación en declaraciones escritas enviada a la JP.

A su vez, estimó que “no se deben permitir consultas de ubicación en las reservas naturales y agrícolas, o cualquier área natural protegida. Las reservas naturales son áreas que por sus características físicas, ecológicas, geográficas y por el valor social de los recursos naturales existentes en ellas, ameritan su conservación, preservación o restauración a su condición natural (según definidas en el tomo XII, Glosario de Planificación). Sería incompatible la aprobación de usos no ministeriales en estas áreas que deben ser protegidas con criterios de conservación y preservación, o para uso agrícola, según corresponda”.

Igualmente, comentó que “permitir usos no ministeriales por vía de consultas de ubicación conllevaría reducir la disponibilidad de suelos de valor agrícola en momentos en que se hace evidente la necesidad vital de fomentar la seguridad alimentaria en Puerto Rico, ante los impactos y reducción en la producción agrícola de otros países debido al cambio climático”. 

“Es por esta misma razón que tampoco debe permitirse el desarrollo de proyectos de carácter industrial para la generación de energía eléctrica en reservas agrícolas, tales como parques para la generación de electricidad a base de placas fotovoltaicas, como tampoco a base de la generación eólica. En ambas instancias se inutilizan suelos cuya prioridad debe estar dirigida a la producción agrícola. La generación de energía a base de fuentes renovables es necesaria y urgente en Puerto Rico, pero existen otras áreas más apropiadas para su ubicación”.

Con relación a aquellas áreas clasificadas como suelos rústicos en los municipios circundantes a El Yunque (como la Reserva Natural Corredor Ecológico del Noreste, Reserva Natural Río Espíritu Santo, Reserva Natural Las Cabezas de San Juan, Bosque Estatal de Ceiba, Area Natural Protegida Medio Mundo y Daguao), “es importante mencionar lo siguiente: estudios llevados a cabo por el Instituto Internacional de Dasonomía Tropical, adscrito al Servicio Forestal Federal, han documentado cómo la urbanización en la periferia de El Yunque ha tenido efectos negativos sobre el bosque, impactando negativamente los sistemas hidrológicos”. Añadió que “esto incluye modificar las condiciones micro climáticas responsables, en parte, de generar lluvia orográfica, y como resultado, del flujo resultante en los ríos que sirven de fuente de abasto de agua para decenas de miles de personas en el noreste y la zona metropolitana de San Juan, asociados a los embalses del Río Fajardo, Río Blanco, Carraízo, entre varias tomas de agua (río Espíritu Santo, Río Canóvanas, entre otros). Esta situación cobra más relevancia aún ante las tendencias y proyecciones hacia una disminución en la lluvia promedio anual sobre Puerto Rico y el resto del Caribe como consecuencia del cambio climático”.

El PRCCC recomendó eliminar por completo del reglamento propuesto el que se permita el mecanismo de consulta de ubicación en cualquier terreno designado como un área natural protegida (ej.; reserva natural, refugio de vida silvestre, bosque estatal, corredor ecológico, reserva agrícola).INS

lp