P. Rico-Oficina del Comisionado de Seguros desestima acusación de parcialidad en caso Attenure

San Juan, 1 oct (INS).- La Oficina del Comisionado de Seguros aclaró hoy su participación en el caso de Attenure ante el Tribunal de Apelaciones. 

Para dicho caso y en cumplimiento a la solicitud por este mismo Tribunal, la Oficina del Comisionado de Seguros presentó mediante comparecencia especial el 14 de septiembre de 2020 un escrito legal para exponer su posición en derecho como regulador en torno a la controversia en el caso que envuelve como partes a Attenure Holdings Trust, entre otros, contra los aseguradores Triple S-Propiedad y Mapfre Praico Insurance Company.   

“En este caso, la OCS no es parte y tampoco tomará determinación alguna sobre la controversia del caso. Debe quedar meridianamente claro que en este asunto el Comisionado de Seguros de Puerto Rico no ejerce una función adjudicadora”, expresó Rafael Cestero Lopategui, Comisionado de Seguros de Puerto Rico.

De acuerdo con el funcionario, “resultan improcedentes las expresiones públicas cursadas en los pasados días por portavoces de la empresa Attenure sobre alegada imputación de parcialidad, cuando el comisionado de Seguros no es el adjudicador de la controversia, sino lo es el Tribunal de Apelaciones”. 

Por lo tanto, la OCS sostiene que en dicho caso, ni el Comisionado de Seguros de Puerto Rico ni funcionarios de la OCS, tienen conflicto alguno, ni su posición adolece de parcialidad alguna. 

“La OCS, en atención a la orden del Tribunal, solo apartó su opinión discutiendo y aportando en la comparecencia especial solicitada por el Tribunal de Apelaciones su pericia sobre la materia de seguros en controversia”, declaró Cestero Lopategui.

Abundó que “las declaraciones de portavoces de Attenure y de algunos de sus clientes, lejos de ir dirigidas a defender su postura, van dirigidas a confundir y lanzar sombras sobre la función pública de la OCS y sus servidores públicos.  Basta con una lectura del escrito presentado por la OCS en su comparecencia especial para concluir que la misma expone el análisis mesurado que realizó la OCS de la controversia según surge de los documentos que componen el legajo de este caso ante este Tribunal de Apelaciones. La comparecencia que está fundamentada en derecho y en la que la agencia expuso su opinión experta como regulador de la industria de seguros en Puerto Rico, que únicamente obedece el salvaguardar el interés público”.  

Agregó que “el que una parte no esté de acuerdo con lo expuesto por la OCS en su comparecencia especial, de por sí, no da espacio a entrar en conducta irrespetuosa hacia el regulador y los funcionarios públicos que laboran en la agencia.  Después de todo, es el Tribunal de Apelaciones, y no a la OCS, a quien en su día le corresponderá decidir sobre la controversia”. 

El funcionario expuso que “nuestra única motivación en este caso ha sido y será la protección del interés público. La división legal de la OCS cuenta con un grupo de abogados y abogadas de excelencia  muy comprometidos con brindar un servicio de calidad y alto nivel de profesionalismo. Cualquier otra intención que se pretenda adjudicar a la OCS, o a sus representantes legales, en el cumplimiento de su deber como servidores públicos, no es más que un mero ataque carente de fundamento”.INS

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