P. Rico-Senado aprueba proyecto para atender modificaciones hipotecarias en emergencias: medida ofrece alternativas a deudores en moratoria para mantener sus hogares luego del huracán María

San Juan, 26 jun (INS).- El Senado aprobó el proyecto 961, que crearía la “Ley de Moratoria y de Modificaciones de Hipotecas a causa del Huracán María”, con el fin de asistir a los acreedores que obtuvieron una moratoria en sus préstamos hipotecarios residenciales como consecuencia del paso de huracán María en poner sus préstamos al corriente.

La medida, de la autoría del presidente de la Comisión de Banca, Comercio y Cooperativismo del Senado, Eric Correa Rivera, proveería exención en el pago de derechos y aranceles para las modificaciones hipotecarias que se realicen como consecuencia del huracán María.

“Esta medida busca hacer justicia a las miles y miles de familias puertorriqueñas que han visto atrasos en sus préstamos hipotecarios y que se han tenido que acoger a las moratorias ofrecidas tras el paso del huracán María por la isla. El pago de derechos y aranceles que conlleva la modificación hipotecaria podría convertirse en un obstáculo para que estas familias puedan conservar sus hogares y en los momentos de grandes retos que vive la isla es necesario que el gobierno les tienda la mano a estos ciudadanos y los ayude a mantener sus hogares”, expresó Correa Rivera.

El senador se mostró confiado de que la Cámara de Representantes de paso al proyecto de manera que pueda llegar a manos del gobernador y convertido en Ley próximamente.

“Sé que los compañeros de la Cámara de Representantes están conscientes de la importancia de esta medida y la necesidad que hay de la misma. Miles y miles de familias puertorriqueña pudieran ser beneficiadas y confío que al igual que el Senado harán lo propio para dar la mano a nuestra gente”, agregó el legislador.

La medida dispone que toda escritura original, copia certificada, presentación e inscripción en el Registro de la Propiedad de una escritura de modificación de hipoteca elegible estará exenta en su totalidad del pago de cualquier derecho arancelario aplicable, incluyendo sellos, comprobantes, impuesto notarial, cargo telemático y dicha escritura de modificación de hipoteca elegible será inscrita en el Registro de la Propiedad en el mismo rango que la hipoteca cuya modificación se realiza sin que sea requisito obtener el consentimiento de acreedores posteriores.INS
lp