P. Rico-Secretario de Asuntos Públicos y decisión judicial sobre caso de muertes tras ciclón María: “Estaremos cumpliendo con lo ordenado por el tribunal”

San Juan, 5 jun (INS).- El secretario de Asuntos Públicos y Política Pública, Ramón Rosario Cortés, informó hoy que el gobierno cumplirá con lo ordenado por el tribunal en el caso de las muertes tras el ciclón María.
Según Rosario Cortés, “el gobierno de Puerto Rico cumplió con lo que dispone expresamente la Ley del Registro Demográfico de Puerto Rico. No obstante, ya un Tribunal determinó que tanto el CPI como CNN son parte interesada”. Expuso que “la Ley del Registro Demográfico es clara en que una orden del tribunal puede convertir a una parte en parte interesada más allá de los requisitos que establece la Ley, que es lo que ocurrió en este caso”.
Aclaró que “nuestra política, a petición del gobernador Ricardo Rosselló Nevares, es trabajar con estricta transparencia y facilitar el acceso a toda la información pública, por lo que estaremos cumpliendo con lo ordenado recientemente por el tribunal”.
El gobierno tendrá que entregar en siete días al Centro de Periodismo Investigativo (CPI) la base de datos de las muertes registradas en Puerto Rico, los certificados de defunción, las defunciones por día y municipio, los permisos de enterramiento y de cremación, así como la libreta manual en la que se registran los permisos otorgados a cada funerario y casa de cremación en cada una de las oficinas del Registro Demográfico de la Isla.
Así lo establece un sentencia emitida este lunes por la jueza Lauracelis Roques Arroyo, del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico.
El CPI había ido al tribunal para exigir al gobierno que brindara información sobre las muertes ocurridas en la Isla tras el huracán María.
La cadena de noticias CNN también demandó al gobierno por la misma información y su demanda se consolidó con la de CPI.
El Registro Demográfico había alegado que los documentos solicitados tenían muchos campos de información confidencial.
“Este tribunal concluye que, con excepción de los números de seguro social, la información contenida en los certificados de defunción y la información adicional solicitada no es privilegiada. Por lo tanto, este tribunal ordena que se permita el acceso a las partes demandantes a los certificados de defunción, por inclinarse la balanza a favor del derecho constitucional de acceso a la información”, afirma la sentencia de Roques Arroyo.
Al proveer esta información, “el gobierno realizará todas las medidas que entienda necesarias para procurar el mayor nivel de transparencia tanto en la recuperación de nuestra Isla, como en los daños a la vida de nuestros ciudadanos causados por este fenómeno atmosférico”, establece la orden.INS
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