P. Rico-Ponen clarito la manera en que se debe notificar una demanda contra un municipio

San Juan, 16 ene (INS).- El Senado aprobó hoy un proyecto del presidente del cuerpo, Thomas Rivera Schatz, que surgió como parte de los reclamos de los alcaldes de ambos partidos durante la Cumbre Municipal celebrada en agosto del año pasado.

El Proyecto del Senado 746 enmienda varios incisos de la Ley de Municipios Autónomos para establecer “de forma clara e inequívoca” el proceso de notificación a los ejecutivos municipales, requerido en casos de reclamaciones contra los municipios.

Con la aprobación de la medida senatorial se establece que toda reclamación de cualquier clase contra los municipios por daños personales o a la propiedad ocasionados por culpa o negligencia de los ayuntamientos deberá presentarse con una notificación por escrito dirigido a los alcaldes mediante correo certificado a la dirección de la alcaldía o entregarlo personalmente en las oficinas de los ejecutivos municipales durante horas laborables.

El asunto tiene implicaciones judiciales. La notificación deberá presentarse en un periodo de 90 días siguientes a la fecha en la que el reclamante tuvo conocimiento de los daños reclamados.

Si la persona está incapacitada mentalmente o físicamente y/o se ve imposibilitada de tramitar la notificación en dicho periodo no quedará sujeto al cumplimiento del mismo por lo que deberá realizar dicha notificación en un máximo de 30 días siguientes a la fecha en que cese la discapacidad.

Actualmente, la Ley de Municipios Autónomos establece que en la comunicación debe incluirse la fecha, lugar, causa y naturaleza general del daño sufrido, la cuantía de la compensación monetaria o el remedio adecuado al daño sufrido.

También, los nombres, direcciones de testigos y la dirección del reclamante, y en caso de daños a la persona, el lugar dónde recibió tratamiento médico en primera instancia.

Se desprende del informe positivo de la medida, que durante la Cumbre Municipal se identificó como una necesidad “apremiante” aclarar la forma de notificar a los municipios cuando una persona presenta reclamaciones por daños y servicios a través del Tribunal.

Según alegaron los integrantes del grupo, en ocasiones, las administraciones municipales no tienen conocimiento de las reclamaciones por daños que están en los tribunales ya que en ocasiones las notificaciones a los alcaldes son tramitadas a través de agencias de gobierno y no directamente con los municipios. INS

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