P. Rico-Encaminada la medida para que la Policía pueda emitir órdenes de protección de emergencia

San Juan, 14 dic (INS).- El Senado aprobó hoy la medida que enmendaría la Ley 54 de violencia doméstica para permitir que los policías puedan emitir órdenes de protección de emergencia para proteger las víctimas que por alguna razón no puedan acudir de inmediato al Tribunal a solicitarla.

El Proyecto del Senado 636 es de la senadora Zoé Laboy Alvarado.

Actualmente, las órdenes de protección se solicitan acudiendo ante cualquier sala del Tribunal de Primera Instancia, presentando una petición verbal o escrita, sin que sea necesaria la presentación de cargos criminales contra la persona agresora.

De aprobarse la ley, los o las policías podrán emitir una Orden de Protección de Emergencia, que tendrá una duración de veinticuatro (24) horas, en aquellos casos en que no sea posible la asistencia inmediata de la víctima a un tribunal.

La medida incluye que la Policía deberá no tan solo entrenar a los y las agentes del orden público para atender estas situaciones, así delimitar las instancias en las cuales la víctima está impedida de acudir al foro pertinente y cuándo un o una agente de la policía está impedida de expedir la referida orden de protección de emergencia.

«Esta ley tiene el fin principal de velar por la seguridad de la alegada víctima. Esta ley permitiría que la víctima pueda solicitar la Orden de Protección al o la policía que atienda su caso y disponer de 24 horas para radicarla en el Tribunal. Si el periodo vence un día no laborable y la víctima se encuentra inhabilitada por alguna razón de acudir al tribunal, la vigencia de la orden se podrá extender por veinticuatro (24) horas adicionales», explicó la senadora.

La Policía tendrá la autoridad para, una vez emitida esta Orden, desalojar provisionalmente al o la victimaria y tendrá la responsabilidad de citarlo o citarla para el próximo día laborable al Tribunal de su jurisdicción para la celebración de una vista.

El proyecto pasa ahora a la consideración de la Cámara de Representantes y, de aprobarse en dicho cuerpo, se referirá al gobernador Ricardo Rosselló para que determine si la convierte en ley mediante su firma. INS

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