P. Rico-Huracán María/CBP orienta sobre cómo traer ayuda a la Isla

San Juan, 2 oct (INS).- El Negociado de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, siglas en inglés) emitió hoy una guía para orientar a las personas y grupos interesados en traer ayuda y así apoyar los esfuerzos de respuesta y recuperación tras el paso del huracán María por la Isla.
“Es importante hacer la salvedad que la siguiente guía aplica solo a mercancía que proceda de un destino internacional,” indico Alfonso Robles, director de Operaciones de Campo en Puerto Rico e Islas Vírgenes estadounidenses.
La guía aplica tanto a las donaciones aceptadas por la Administración Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, siglas en inglés) como a las importadas por organizaciones benéficas y otras entidades privadas.
Las importaciones autorizadas por el Departamento de Estado federal y FEMA son elegibles para entrar sin pago de impuestos o aranceles de acuerdo a las leyes de los Estados Unidos codificadas bajo 19 USC 1322 (b) ó 19 USC 1318 (b)(2).
El requisito de transmisión electrónica previa también puede ser eximida en estos casos.
Para aquellos bienes importados, la línea de transporte marítimo debe presentar por escrito al llegar al puerto de entrada un manifiesto de carga conteniendo la siguiente información sobre el puerto de entrada, importador, consignatario, descripción de los bienes, cantidad, país de origen de los bienes, destino de los bienes y certificación de que los bienes-
CBP eximirá los impuestos de entrada para ayuda de desastres por un grupo privado o individuo siempre y cuando que el receptor sea una organización de caridad reconocida y con exención fiscal.
Los grupos privados o individuos interesados, deben proveer una carta de dicha organización caritativa, en membrete oficial de la organización, que contenga el número de seguro social patronal (IRS) y una declaración de que la entidad se encuentra dispuesta a aceptar dichos bienes importados.
Cualquier mercancía internacional que no cumpla con los criterios antes mencionados deberá ser admitida al territorio de los Estados Unidos bajo los procesos regulares de entrada y levante establecidos bajo las regulaciones de CBP.INS
lp