San Juan, 31 jul (INS).- La Comisión de Agricultura del Senado, presidida por el senador Luis Berdiel, realizó audiencias públicas sobre los proyectos de la Cámara 512 y 790, enfocados en reforzar la “Ley para la prevención de hurto de ganado de Puerto Rico”.
Las medidas surgen a raíz del aumento en el hurto de ganado, aun cuando existe una ley a esos fines.
El proyecto de la Cámara 512, de la autoría de los representantes Hernández Alvarado, Franqui Atiles, Lasalle Toro, Quiñones Irizarry y Pérez Cordero, enmienda la “Ley para la prevención de hurto de ganado de Puerto Rico”, a los fines de instituir localmente el sistema de identificación electrónica de ganado, en forma de bolo intraruminal.
La tecnología está basada en la utilización de un dispositivo electrónico pasivo llamado microchip, que en este caso estará aplicado en los animales en forma de bolo intraruminal, el cual es una pieza de cerámica que contiene el microchip en su interior.
El dispositivo posee grabado un número capaz de ser leído por diferentes modelos de equipos de lectura.
Los equipos, una vez leído el chip que identifica al animal, son capaces de cargar la información que generan las distintas actividades productivas en su memoria, para luego descargarlas en programas que permiten la gestión de esos datos productivos.
De acuerdo con los proponentes de la medida, mediante esta legislación se obtendrá el efecto deseado de prevenir el hurto de cualquier conjunto de animales domésticos, como cerdo, toros, novillos, bueyes, vacas, terneras, becerros, cabras, chivos, ovejas, cordero.
En cuanto al proyecto de la Cámara 790, se pretende enmendar la “Ley orgánica del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales” (DRNA), a los fines de facultar al secretario de la agencia a reglamentar, investigar y asignar los recursos necesarios para intervenir en los casos de hurto de ganado.
A su vez, enmienda la “Ley para la prevención de hurto de ganado de Puerto Rico”, para facultar a los inspectores o agentes del DRNA a intervenir en los casos y con las personas que cometan el delito de hurto de ganado e incautar el ganado en posesión de dichas personas cuya legitima posesión no pueda ser establecida en el momento de la intervención, así como los vehículos en los cuales se transporte el ganado.
El proyecto también enmienda la “Ley de Vigilantes de Recursos Naturales y Ambientales del DRNA”, para facultar a estos a implementar la ley sobre el hurto de ganado.
En su ponencia, el DRNA concurrió con la necesidad de atender la situación planteada en las medidas, pero la agencia sostuvo que la Ley orgánica de la dependencia pública no debe ser enmendada a los fines propuestos, ya que la agencia no cuenta con el personal adiestrado, equipo, ni las reas o facilidades para realizar las intervenciones e incautar el ganado que se presuma hurtado.
Según el DRNA, esta es una facultad que le compete al Departamento de Agricultura.
Además, la agencia estableció que tampoco cuenta con los recursos económicos para asumir las responsabilidades que el proyecto pretende imponer, entre las que se encuentran el adiestramiento del personal.INS
lp