P. Rico-Choca la OGPe con la Junta de Planificación por la orden de cese y desista al condominio Sol y Playa en Rincón

San Juan, 4 ago (INS).- En lo que evidencia un choque entre agencias públicas, el secretario Auxiliar de la Oficina de Gerencia y Permisos (OGPe), Gabriel Hernández Rodríguez, manifestó hoy preocupación por la decisión de la Junta de Planificación (JP) de emitir una orden de cese y desista en la construcción de una piscina en el condominio Sol y Playa, en Rincón.

Hernández Rodríguez expuso que el pasado 30 de julio, la OGPe atendió por escrito los hallazgos de la auditoría realizada por la JP, y concluyó que “la exclusión categórica reclamada no cumplía con los requisitos de aplicabilidad”.

“Reconocemos que aunque la Junta de Planificación realizó un señalamiento relacionado a la insuficiencia de documentos en la solicitud, sin especificar cuáles, de nuestra propia evaluación del expediente concluimos que los documentos que no obraban pudiesen haberse completado conforme al Artículo 2.3 C de la Ley 161-2009”, dijo el funcionario.

En este sentido destacó que “el solicitante certificó bajo juramento que la acción reclamada cualificaba. De igual manera, que la solicitud de permiso de construcción es uno de naturaleza certificada donde el profesional a cargo establece el cumplimiento con las leyes y reglamentos aplicables”.

Hernández Rodríguez expresó que, aunque la JP reconoció con anterioridad a sus expresiones oficiales que ninguna de las dos agencias “pasan juicio sobre la delimitación de la zona marítimo terrestre, pues el DRNA es su custodia”, preocupa su conclusión del alegado incumplimiento con la zona de separación establecida en el Reglamento Conjunto.

“Dicha reglamentación establece con carácter de especificidad las obras prohibidas en la misma, las cuales se limitan a construcción de edificios, segregaciones y obras de urbanización, no siendo las instalaciones recreativas una de éstas. Una interpretación distinta requeriría enmendar el Reglamento Conjunto”, sostuvo en su declaración.

Al emitir la JP emitió una Orden de Cese y Desista, expuso, inicia un procedimiento administrativo adjudicativo, y en la eventualidad, esto podría conllevar la revocación de la determinación final, lo cual estaría bajo la jurisdicción del Tribunal de Primera Instancia.

“Tomando esto en consideración, en atención al debido procedimiento de ley que les cobija a las partes involucradas y la transparencia de los procedimientos, entendemos prudente no emitir más comentarios sobre la solicitud”, advirtió el secretario Auxiliar de la OGPe. INS

ndc