P. Rico-El PNP acude al Tribunal Supremo para proteger derecho al voto adelantado

San Juan, 25 oct (INS).- El comisionado electoral del Partido Nuevo Progresista (PNP), Héctor Joaquín Sánchez Álvarez, informó hoy que acudió al amparo del Tribunal Supremo para que éste intervenga ante la intención del Partido Popular Democrático (PPD) de coartar el derecho al voto de los electores que solicitaron voto adelantado por correo.

El PNP propuso que la Junta de Administración de Voto Adelantado y Ausente (JAVA) notificara al elector que, por olvido o desconocimiento, no incluyó copia de su identificación en el voto adelantado por correo, para que la pudiera hacer llegar.

Al no haber unanimidad en este asunto, la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) emitió una resolución mediante la cual autorizó en el manual de procedimientos del voto adelantado por correo una disposición que le permita al elector subsanar aquella deficiencia que impida que se adjudique su voto por correo.

En desacuerdo con eso, el Partido Popular acudió al Tribunal de Primera Instancia.

“El PPD se opone a que haya un remedio que proteja al elector, esto en clara intención de coartar el derecho de este de emitir su voto y que sea contado. Nosotros queremos brindarles a los electores que decidieron ejercer su derecho al voto mediante correo que tengan la oportunidad de corregir algún defecto que impidiera que su voto fuera adjudicado en el escrutinio general”, apuntó Sánchez.

Agregó que “de no notificarle al elector que su voto no será adjudicado por un error de forma, le estaríamos coartando su derecho al voto y al debido proceso de ley”.

En su decisión, el presidente de la CEE, Francisco Rosado Colomer, concluyó que el requisito de la identificación no está relacionado a la validez del voto en sí, sino más bien con la verificación de que quien ejerce su derecho al voto por correo es un ciudadano que cumple con los requisitos dispuestos en el Código Electoral para figurar en el Registro General de Electores de Puerto Rico y para votar.

De igual manera, determinó que no proveerles a los electores que decidieron ejercer su derecho al voto adelantado por correo un mecanismo para subsanar una deficiencia procesal, como incluir la copia de la identificación válida, le priva de su derecho fundamental a un debido proceso de ley.

“Los electores tienen derecho a que el voto por correo tenga las mismas garantías y protecciones al resto de los votantes. Lo que busca el comisionado electoral del PPD de dejar sin efecto la resolución del presidente de la CEE conllevaría privar al elector de su derecho al voto. Nuestra responsabilidad es brindar todas las protecciones necesarias para garantizar la democracia y el derecho al voto que tiene un pueblo”, concluyó Sánchez. INS

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