P. Rico-Oficina legal de la UPR reacciona a denuncia que pone en entredicho su política contra el hostigamiento sexual

San Juan, 10 may (INS).- La Oficina de Asuntos Legales de la administración central de la Universidad de Puerto Rico (UPR) reaccionó hoy a una denuncia que pone en entredicho su política contra el hostigamiento sexual, a partir de un caso que involucró  a un profesor y una profesora en el campus de Cayey.

La licenciada Soniemi Rodríguez Dávila, directora de la Oficina de Asuntos Legales en la administración central, aseguró que el proceso de hostigamiento sexual en la UPR en Cayey “culminó con la imposición de una sanción disciplinaria al profesor que cometió los actos contra una compañera docente”.

La licenciada Rodríguez Dávila sostiene que “en el escrito se expuso incorrectamente que la UPR en Cayey y el presidente de la institución no atendieron otra queja de la profesora, basada en que no se le otorgó un contrato por denunciar la conducta de hostigamiento”.

“La Universidad de Puerto Rico tiene una política de cero tolerancia al hostigamiento sexual”, establece la declaración sobre el caso que involucró al profesor Luis Alberto Lugo, a quien posteriormente se le otorgó una permanencia, y a la profesora Carmen Lourdes Cáez, a la que no se le renovó el contrato en agosto de 2018, tras su denuncia de los hechos ocurridos el viernes 17 de marzo de 2016, a pesar de su excelente evaluación, según publicó un diario de circulación nacional (El Nuevo Día).

La UPR aclaró ahora que “la profesora, quien cuenta con representación legal, no ha presentado dicha reclamación en la institución, pese a que fue orientada en múltiples ocasiones por la Oficina de Asuntos Legales de la Administración Central para que lo hiciera debidamente en el recinto conforme a la reglamentación institucional”.

Atribuyó a esa razón que el tribunal desestimó una reclamación que presentó en ese foro, toda vez que no agotó los remedios administrativos.

La letrada de la UPR dijo por escrito que “aclaramos, también, que el presidente de la UPR está impedido de intervenir prematuramente en reclamaciones que se ventilan en los recintos, debido a que su oficina es un foro apelativo”.

“Dicha actuación constituiría un conflicto de interés, pudiera viciar los procedimientos y trastocaría el debido proceso de ley que cobija a las partes. Como bien se reseña, el Dr. Jorge Haddock inició funciones cuando ya el caso se encontraba en su etapa final”, indicó.

La licenciada Rodríguez Dávila destacó que, tan pronto inició funciones, el doctor Haddock encomendó la creación de un comité Ad Hoc en la Junta Universitaria para la evaluación y revisión de la política institucional contra el hostigamiento sexual.

“Asimismo, propuso el nombramiento de un Monitor de Protección y Seguridad para el Estudiante y el Empleado que estará velando por la aplicación de la política pública en contra del hostigamiento sexual a través de todo el sistema universitario”, afirmó.

Estableció que “pese a que los casos representan menos de un 1 por ciento de la población en la Universidad, el presidente está atendiendo este asunto con rigor y responsabilidad, pues se trata de una práctica repudiable e inaceptable que no se puede tolerar en nuestra institución”. INS

ndc