R. Dominicana-El país no adoptará el Pacto Global sobre los Refugiados propuesto por la Acnur

Santo Domingo, 16  dic  (INS).- República Dominicana informó su decisión de no adoptar el Pacto Global sobre los Refugiados propuesto por la Agencia de la Organización de los Estados Unidos para los Refugiados (Acnur) y que será conocido este lunes durante la Sesión Plenaria de la 73ª Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas en Nueva York.

Así lo informó el Ministerio de Relaciones Exteriores en un comunicado a los medios emitido este domingo, en el que destaca la trascendencia del convenio, pero aseguró que algunos de los principios del mismo están sustentados en dos instrumentos internacionales de los cuales el país no es parte.

A continuación el documento emitido por la Cancillería dominicana.

“El gobierno de República Dominicana ha decidido no adoptar al Pacto Global sobre los Refugiados que será conocido el próximo lunes 17 de diciembre 2018, durante la Sesión Plenaria de la 73ª Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas en Nueva York.

“Reconocemos el carácter humanitario del Pacto de Refugiados y el interés de buscar una cooperación internacional para enfrentar los serios problemas y desafíos que generan los grandes desplazamientos humanos en diferentes partes del mundo como consecuencia de conflictos bélicos, guerras civiles y múltiples situaciones de crisis que afectan a diferentes países y regiones del mundo.

“La República Dominicana se identifica con el espíritu del pacto y con aspectos fundamentales de éste a la luz de sus compromisos que se derivan de su propia legislación y de las convenciones internacionales que el Estado dominicano ha suscrito y ratificado, especialmente la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, del 28 de julio de 1951, aprobada por el Congreso Nacional mediante resolución núm. 694 del 8 de noviembre de 1977, así como el Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados, del 31 de enero de 1967, aprobado por el Congreso Nacional mediante resolución núm. 694 del 8 de noviembre de 1977.

“Sin embargo, algunos de los principios del Pacto están sustentados en dos instrumentos internacionales de los cuales la República Dominicana no es parte: la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954 y la Convención para Reducir los Casos de Apatridia de 1961, que, si bien esta última fue firmada por nuestro país el 5 de diciembre de 1961, no se ha producido su ratificación.

“Esta situación obliga a estudiar a fondo los compromisos que se derivan de dichas convenciones y si estos se ajustan a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico dominicano, ya que todo lo concerniente a refugiados y migrantes debe ser interpretado y aplicado conforme a los derechos y garantías fundamentales consagrados en la Constitución y en los tratados internacionales debidamente ratificados por el Estado dominicano.

“En el territorio nacional sólo el Estado dominicano puede conceder la condición de refugiado. No obstante, el Pacto pretende proporcionar las bases para una distribución de la carga y la responsabilidad entre los Estados miembros de las Naciones Unidas, lo que podría ser contrario al interés nacional y al ordenamiento jurídico dominicano.

“Desde un punto de vista práctico, esa distribución de cargas y responsabilidades podría afectar la capacidad de República Dominicana para acoger cantidades considerables de personas susceptibles de ser declaradas como refugiados conforme al nuevo estatuto internacional.

“Un aspecto particularmente sensible es la formulación contenida en el Pacto en el sentido de que si bien el clima, la degradación ambiental y los desastres naturales no provocan, en sí mismos, los desplazamientos de refugiados, dichos fenómenos interactúan cada vez más con las causas de estos movimientos. Dadas las características particulares de la República Dominicana, adoptar una definición tan abierta de la condición de refugiado podría ser contrario al interés nacional.

“La República Dominicana es un país solidario que asume con seriedad sus compromisos internacionales. Asimismo, cuenta con una legislación sobre refugiados que está siendo objeto de discusión en las instituciones relevantes del Estado para una posible revisión y actualización.

“La República Dominicana reitera su compromiso con la cooperación internacional en el marco de las Naciones Unidas para contribuir con la paz, la seguridad, la resolución pacífica de los conflictos y la protección de los derechos humanos. A la luz de estas consideraciones, la República Dominicana se abstendrá en la próxima votación relativa a la adopción del Pacto Global sobre Refugiados”.

Más temprano, figuras políticas del país expresaron su rechazo al pacto, por considerarlo perjudicial para los intereses nacionales.

Objetaron la propuesta Roberto Rosario, expresidente de la Junta Central Electoral (JCE) y dirigente del oficialista Partido de la Liberación Dominicana (PLD); los políticos Juárez Castillo y José Ricardo Taveras, ex director de Migración, ambos dirigentes de la Fuerza Nacional Progresista (FNP);  Ellis Pérez, exministro de Turismo y Abel Martínez, alcalde del municipio Santiago.

Se recuerda que el 4 de diciembre país también rechazó firmar el Pacto Mundial para la Migración Segura Ordenada y Regular, auspiciada por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), por considerar que su adopción generaría compromisos que podrían socavar las medidas migratorias e igualmente conllevaría cargas para el país que desbordarían sus recursos.

En un documento leído por el Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, Flavio Darío Espinal, explicó que “la adopción de un pacto de esta naturaleza, por lo que envuelve y por las implicaciones que tiene, requiere de un consenso básico en la sociedad dominicana que no parece existir en las actuales circunstancias”. INS

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