R. Dominicana- Incertidumbre en el país por lluvia de denuncias de inconstitucionalidad de nueve organizaciones contra la Ley de Partidos

Santo Domingo, 12 oct (INS).- Nueve organizaciones políticas depositaron una acción directa de inconstitucionalidad contra la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, bajo el argumento de que la pieza es violatoria de la Constitución dominicana y de la Convención Americana de los Derechos Humanos.

La acción fue depositada en el Tribunal Constitucional (TC) por el presidente del Partido Alianza por la Democracia (APD), Max Puig, quien habló en representación de las entidades.

La Ley 33-18 fue aprobada el 9 de agosto de este año y promulgada por el Poder Ejecutivo, luego de más de 15 años debatiéndose con sus respectivas reformas en el Congreso Nacional.

Puig manifestó que esa normativa jurídica viola la Carta Magna del país en varios de sus artículos, además del artículo 16 de la Convención Americana de Derechos Humanos.

“Hemos establecido que esta ley violenta el texto constitucional en muchos de sus artículos, aparte de que es una ley muy contradictoria. Vamos a presentar ante el Tribunal Constitucional todas las motivaciones jurídicas que nos conducen a solicitar que se declare inconstitucional en todos los artículos señalados, que yo diría son fundamentales”, dijo.

Las organizaciones depositantes de la acción judicial son los partidos Alianza País, Humanista Dominicano, Dominicanos por el Cambio, Frente Amplio, Fuerza Nacional Progresista, Partido Revolucionario Social Demócrata, Opción Democrática, Partido Socialista Cristiano y Alianza por la Democracia.

Entre los artículos que dijo viola la referida pieza, el dirigente político citó los 49, 69.4 y 69.10, en lo referente al punto 8 de la ley de Partidos.

“Nosotros presentamos toda una serie de motivaciones. La primera es que el artículo 8 de la ley 33-18 se refiere a que una persona que dé declaraciones en contra de su partido puede ser considerada renunciante ipso facto, y nosotros consideramos que ese planteamiento en la ley viola los artículos 49, 69.4 y 69.10 de la Constitución”, destacó.

Precisó que eso violenta la Constitución, porque ésta dice que para una persona ser separada de una institución, en este caso tiene derecho a un juicio público, oral y contradictorio, tiene que defenderse. “No puede ser que una persona pueda ser declarada automáticamente por la dirección del partido como ajena al mismo”, planteó.

Igualmente, dijo que el numeral 12 del artículo 25 de la Ley de Partidos, que prohíbe a los partidos políticos que concurren por primera vez a unas elecciones participar aliados con otros partidos políticos, “es contrario a los artículos 39 y 47 de la Constitución, porque establece una desigualdad entre los partidos”.

“Si un partido ha sido reconocido, debe tener los mismos derechos que todos los demás partidos, lo que viola también el principio de igualdad de oportunidades”, acotó.

Recientemente, simpatizante del expresidente Leonel Fernández dentro del oficialista Partido de la Liberación Dominicana (PLD)  también depositaron otra impugnación contra esta ley a través del delegado de la entidad política ante la Junta Central Electoral, José Manuel Hernández Peguero.

La acción  está enfocada primordialmente contra las primarias abiertas promovidas por el presidente Danilo Medina y los peledeístas que trabajan para su reelección en las votaciones generales de 2020. INS

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