R.Dominicana-Jueces dictan 90 años de cárcel a cuatro asaltantes y una mujer en dos casos de homicidio

Los jueces hallaron a los acusados culpables de violar varios artículos del Código Penal Dominicano. Inter News Service

Los jueces hallaron a los acusados culpables de violar varios artículos del Código Penal Dominicano. Inter News Service

Santo Domingo, 23 dic (INS).-Tribunales establecidos en dos provincias del país repartieron condenas de 40, 30 y 20 años de prisión, respectivamente, en perjuicio de cuatro delincuentes miembros de una banda de asaltantes y a una mujer que mató a su pareja sentimental.

Un informe ofrecido por el Ministerio Público expresa que un tribunal del municipio Santo Domingo Este impuso condenas de 40 y 30 años de cárcel a los asaltantes hallados culpables de asesinar a un hombre e hirieron a una mujer en un hecho registrado en noviembre de 2023 en el poblado Boca Chica.

Estarlin Robertico López (el Eléctrico), Antony Pérez Mojica (Fren), Brendy Ramírez y Ariel Amador Lara (Bobolito) mataron al comerciante Ramón Jáquez Mosquea y provocaron heridas por arma de fuego a la señora Yafreisi Rosario Mercedes.

La sentencia fue impuesta por los jueces Elizabeth Esperanza Rodríguez Espinal, Katherine Lara y José Leonel Asencio Quezada, del Primer Tribunal Colegiado de Santo Domingo Este.

Los fiscales litigantes Ignacio Rojas y Evelyn Peña demostraron ante el tribunal la culpabilidad de los procesados en los hechos, en violación a las disposiciones a los artículos 265, 266, 295, 304, 379, 385 y 386 del Código Penal Dominicano, que tipifican y sancionan la asociación de malhechores, asesinato y robo agravado, así como los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.

“Las imputaciones, probadas por el Ministerio Público, conllevaron a la condena de 40 años de prisión a Estarlin Robertico López (El Eléctrico) y a la imposición de 30 años de reclusión para Antony Pérez Mojica (Fren), Brendy Ramírez y Ariel Amador Lara (Bobolito)”, señala un comunicado emitido por el órgano acusador.

El expediente instrumentado por la fiscal investigadora Dahiana E. Castillo establece que el crimen ocurrió cuando los ahora condenados, junto a otros dos (prófugos), portando armas de fuego y armas blancas, se presentaron al colmado propiedad de la víctima con el objetivo de realizar un atraco, para lo cual amenazaron a los presentes, entre ellos la familia del hoy occiso.

Afirma que tras sustraer mercancías y dinero del negocio, “los malhechores comenzaron a disparar cuando salían del establecimiento comercial, impactando con un disparo en la cabeza al comerciante Ramón Jáquez Mosquea”.

Al percatarse de lo que estaba sucediendo, Yafrerisi Rosario Mercedes intentó auxiliar a las víctimas y fue alcanzada por un disparo en uno de sus pies. La acción quedó captada en las cámaras de seguridad cercanas al colmado.

Por otro lado, el Tribunal Colegiado de la provincia Puerto Plata (región norte dominicana) condenó a 20 años de prisión a una mujer que mató a su pareja sentimental en el municipio Altamira, el 19 de octubre de 2021.

Amy Abreu Suero fue hallada culpable de cometer homicidio voluntario en perjuicio de Manuel Alfonso Silverio Pallero. Durante el juicio de fondo, el Ministerio Público, representado en estrado por la fiscal Karen Lidia Santana Hernández, demostró la acusación logrando que el juzgado impusiera la pena máxima establecida para este tipo de delito.

El veredicto fue impuesto por la jueza Jakayra Veras en virtud de la acusación presentada. El expediente señala que alrededor de las 7:45 de la mañana del citado día, mientras la víctima se encontraba junto a la procesada próximo a una banca de lotería ubicada en la calle Elpidio de Jesús Cabrera esquina Duarte, en el municipio de Altamira, Abreu Suero inició una agresión física y verbal contra éste.

La víctima, que se desempeñaba como agente de seguridad en el establecimiento, no respondió a la violencia. Momentos después, la mujer tomó el arma de fuego, tipo escopeta, que utilizaba la víctima en sus labores y, sin mediar palabras, le disparó por la espalda, impactándole en la región occipital de la cabeza. La herida provocó la muerte de forma instantánea.

El Ministerio Público calificó los hechos como homicidio voluntario, delito tipificado y sancionado por los artículos 295 y 304 del Código Penal Dominicano.

La sentencia deberá cumplir la pena impuesta en el Centro de Corrección y Rehabilitación Rafey Mujeres, en la provincia de Santiago de los Caballeros. INS

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