R.Dominicana-Suprema Corte absuelve exministro y un empresario, procesados por el caso de corrupción Odebrecht

Fotos archivo de Víctor José Díaz Rúa y Ángel Rondón Rijo. Inter News Service

Fotos archivo de Víctor José Díaz Rúa y Ángel Rondón Rijo. Inter News Service

Santo Domingo, 9 ago (INS). – La Suprema Corte de Justicia absolvió a un exministro y a un empresario condenados a cinco y ocho años de prisión, respectivamente, por presunto lavado de activos provenientes del enriquecimiento ilícito y soborno en el caso de corrupción promovido en el país por la compañía brasileña Odebrecht.

Díaz Rúa y Rondón eran las únicas personas condenadas en República Dominicana por el más grande caso de corrupcción administrativa que salpicó a Latinoamérica, donde la constructora brasileña admitió que pagó más de 92 millones de dólares a funcionarios dominicanos para agraciarse con obras del Estado.

Mediante la Sentencia SCJ-SS-24-0969, la alta corte exoneró de culpas al ingeniero civil y político Víctor José Díaz Rúa y el empresario Ángel Rondón Rijo “por no haberse probado la acusación, como lo manda el artículo 337 numeral 1 del Código Procesal Penal”.

Este viernes, el tribunal de casación determinó que el Ministerio Público no aportó las pruebas suficientes que demostrara su acusación en contra de los únicos condenados.

La corte, integrada por los magistrados Francisco Antonio Jerez Mena, Nancy Salcedo Fernández, Fran Euclides Soto Sánchez y María Garabito Ramírez, señaló que el órgano de persecución de delitos no probó el destino de los fondos pagados por el supuesto soborno, valorando la tesis de Rondón, que había sido condenado a ocho años de prisión y que “para haber sobornos deben existir sobornados”.

“El destino de los fondos resulta desconocido, incierto, pues no pudo establecerse cuáles funcionarios presuntamente recibieron la oferta u obtuvieron los valores que, según consta en las premisas probadas en el juicio, fueron recibidas por el imputado Ángel Rondón Rijo”, expresa el fallo absolutorio.

El alto juzgado también había sido apoderado de un recurso de casación iniciado por el Ministerio Público en contra de la decisión que absolvió a otro de los acusados, al abogado Conrado Pittaluga. El órgano de persecución solicitaba que el jurista fuera condenado a siete años por enriquecimiento ilícito. Sin embargo, los jueces indicaron que los fiscales no presentaron ninguna prueba capaz de demostrar que el proceso siga una suerte distinta y ratificaron la absolución del profesional del derecho.

Con esta decisión, este proceso judicial alcanza lo que en materia procesal se conoce como “la cosa irrevocablemente juzgada” y el juicio se queda sin condenados en República Dominicana.

Díaz Rúa, del 2007 al 2012, fue ministro de Obras Públicas y Comunicaciones en los gobiernos del presidente Leonel Fernández, además de director del Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados.

El dispositivo de la sentencia absolutoria, con fecha del 31 de julio de este año, rechaza el recurso de casación interpuesto por Wilson Camacho, procurador adjunto a la Procuraduría General de la República; Mirna Ortiz Fernández, procuradora general de Corte de Apelación; José Miguel Marmolejos y Wagner V. Cubilete García, procuradores fiscales, contra la sentencia núm. 502-01-2023-SSEN-00048, dictada por la Tercera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, el 19 de mayo de 2023, que buscaba cambiar la decisión ordenada por una condena más ejemplificadora, diferente a la dictada en 2021.

De igual forma, la Suprema Corte de Justicia ordenó el cese de toda medida de coerción que pese en contra de los procesados, en ocasión de ese proceso. En todas las audiencias penales, ambos invocaron la inocencia.

Asimismo, instruyó que esas personas le sean devueltos todos los bienes incautados y “el levantamiento de toda oposición, medida de restricción, orden de inmovilización de fondos, la radiación y cancelación de cualquier inscripción u oposición y medidas cautelares, disponiéndose la restitución de todos los bienes afectados en ocasión de este proceso”, en lo que se verifica razones sociales, empresas, apartamentos, cuentas de ahorros, entre otros.

El fallo que ordenó cinco y ocho años de prisión para los dos hombres, por la presunta corrupción, fue dado el 14 de octubre de 2021 por el Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, donde las juezas Gisselle Méndez, Tania Yunes y Jissel Naranjo encontraron a Rondón culpable de soborno nacional y lavado de activos y a Díaz Rúa responsable del delito de lavado de activos proveniente del enriquecimiento ilícito.

A pesar de que los imputados resultaron sentenciados a prisión por las juezas del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional por el caso Odebrecht, éstos se mantuvieron en libertad, tras el tribunal rechazar enviarlos a la cárcel. Solo ellos fueron condenados en primera instancia, de un grupo de siete acusados.

En el dispositivo del fallo jurídico, el tribunal condenó a Rondón y Díaz Rúa al pago de una multa de 200 salarios mínimos cada uno y rechazó la solicitud de los fiscales acusadores de variación de la condena cautelar impuesta a los imputados, en virtud de que, en la celebración de todos los actos del proceso, no se advirtió peligro de fuga.

Las juezas decidieron el decomiso a favor del Estado dominicano de una parte de los bienes incautados a los imputados, ordenando el cese de toda orden de inmovilización de fondos, la radiación y cancelación de cualquier inscripción u oposición, el levantamiento de las medidas cautelares y la restitución de los mismos.

EL SOBORNO

El Odebrecht es un escándalo de corrupción que se destapó en 2016 cuando constructora brasileña admitió haber pagado sobornos a funcionarios de al menos 12 países, incluyendo la República Dominicana, a través de un “departamento de sobornos” para conseguir contratos

Es uno de los hechos más representativos de esa naturaleza en América Latina, con la distribución millonaria para políticos, empresarios y exfuncionarios. Se basa en una investigación del Departamento de Justicia de los Estados Unidos a la constructora carioca, junto con 10 naciones de la región.

En esta indagación se detalla cómo Odebrecht habría realizado coimas de dinero y sobornos, a presidentes, expresidentes y funcionarios del gobierno de Angola, Argentina, Brasil, Colombia, Ecuador, Estados Unidos, Guatemala, México, Mozambique, Panamá, Perú, República Dominicana y Venezuela, durante los últimos 20 años, para obtener beneficios en contrataciones públicas.

En el territorio local, admitió haber pagado 92 millones de dólares entre 2001 y 2014 para adjudicarse 17 obras de infraestructura estatales y conseguir la aprobación de financiación.

En enero de 2017, el Ministerio Público procedió a allanar las oficinas de Odebrecht en República Dominicana y la multó por un monto de 184 millones de dólares, el doble de lo pagado en sobornos, tal y como lo establece la Ley 448-06 sobre Sobornos en el Comercio.

En abril, la institución suramericana acordó cooperar en la causa con la Procuraduría General de la República Dominicana a cambio de que sus ejecutivos no fuesen procesados y que la constructora pudiese seguir operando en este terreno. INS

mv

Attachments

  • jpg   VÍCTOR DÍAZ RÚA Y ÁNGEL RONDÓN-01-INS
    Fotos archivo de Víctor José Díaz Rúa y Ángel Rondón Rijo. Inter News Service
    Tamaño de archivo: 176 KB Descargas: 0