San Juan, 3 ene (INS).- El secretario de Justicia, Domingo Emanuelli Hernández, recomendó hoy a la Oficina del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente (Opfei) que designe un Fiscal Especial Independiente (FEI) para que investigue al exalcalde de Ceiba, Ángelo Cruz Ramos, y a la exdirectora de Recursos Humanos del municipio, Briseida Medero Osorio, por malversación de fondos públicos, incumplimiento del deber y violación a la Ley de Ética Gubernamental.
Una investigación preliminar realizada por el personal de la División de Integridad Pública y Asuntos del Contralor (Dipac) del Departamento de Justicia junto al Negociado de Investigaciones Especiales (NIE) reveló que, una vez Cruz Ramos perdió las primarias en 2020 en el Partido Nuevo Progresista (PNP), realizó una convocatoria masiva para reclutar ilegalmente a los empleados transitorios y de confianza en puestos de carrera, antes de que llegara la nueva administración municipal.
También se confirmó que en este proceso se reclutaron personas que no poseían los requisitos para ser empleados municipales, tales como no ser convicto de delito grave y ni haber sido inhabilitado para ocupar puestos en el servicio público en el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos.
Consecuentemente, el municipio de Ceiba desembolsó unos $774,834.00, por concepto de salarios, contrario a las leyes y reglamentos atinentes.
La investigación comenzó luego de que el 22 de junio de 2022 se recibiera una comunicación del alcalde de Ceiba, Samuel Rivera Báez, también del PNP, en la que se informaron los hechos confirmados.
Finalizada la investigación preliminar, requerida por la Ley Núm. 2 de 23 de febrero de 1988, conocida como la Ley de la Oficina del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente, la Dipac concluyó que “existe causa suficiente para creer que el exalcalde del municipio de Ceiba, Ángelo Cruz Ramos, ha incurrido en infracción al artículo 4.2 (b) de la Ley Núm. 1-2012, según enmendada, conocida como Ley de Ética Gubernamental, y en los delitos de incumplimiento en el deber y malversación de fondos públicos, según tipificados en los artículos 262 y 264 del Código Penal de Puerto Rico, respectivamente”.
Igualmente, determinó que surge de la prueba causa suficiente para concluir que Briseida Medero Osorio, exdirectora de Recursos Humanos del municipio de Ceiba, como cooperadora, infringió el artículo 264 del Código Penal, toda vez que, con sus actos y omisiones contribuyó en la consumación del delito de malversación de fondos públicos.
También, concluyó que existe causa suficiente para creer que esta incurrió en violación al artículo 262 (incumplimiento del deber) y el artículo 4.2 (b) de la Ley Núm. 1-2012, supra”, lee el informe de la DIPAC.
En vista de lo anterior, el secretario de Justicia acogió la recomendación de la Dipac, y envió a la Opfei el informe sobre la investigación preliminar y el expediente.
Como parte de la política de divulgación de información, en horas de la mañana el secretario envió la correspondiente notificación a la Opfei y a las partes. INS
ndc
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