
La representante Jocelyne Rodríguez. / Inter News Service
San Juan, 4 oct (INS).- La representante Jocelyne M. Rodríguez Negrón radicó dos medidas legislativas para asegurar que, durante una emergencia o evento atmosférico, las poblaciones de adultos mayores y niños en centros de cuidado prolongado no queden desprovistas de servicios esenciales como energía eléctrica, agua potable y suministros.
La legisladora alertó que durante el huracán Fiona se repitieron problemas estructurales similares a los experimentados tras el paso de María, que vulneraron y pusieron en peligro la vida de personas de edad avanzada.
Según el reporte oficial del gobierno, tras el paso de Fiona se produjeron 25 muertes asociadas al evento atmosférico. De ellas, 22 fueron de personas mayores de 55 años.
El Proyecto de la Cámara 1496 busca enmendar la Ley 88-2018, conocida como Ley de Garantía de Prestación de Servicios, para modificar los requisitos establecidos para ciertas facilidades en beneficio de la población de adultos mayores y niños.
“Muchos de los centros de ancianos, hogares de adulto y niños cuentan con generadores eléctricos y cisternas para operar por ciertos períodos, pero el servicio se ve reducido a un área comunal”, destacó Rodríguez Negrón en la exposición de motivos.
El Proyecto 1496 busca garantizar que, durante una emergencia provocada por un desastre natural, los asilos para ancianos, hogares de niños y adultos cuenten con los servicios básicos de energía eléctrica y agua potable de manera ininterrumpida, más allá de áreas comunes.
La legislación también destaca el deber que tienen los centros de contar con abastecimientos suficientes de artículos de primera necesidad e higiene personal para la población que atiende.
Las enmiendas a la Ley 88-2018 exige que las facilidades reguladas por la ley deberán contar con una fuente de energía que produzca la electricidad suficiente para continuar sus operaciones cuando no esté funcionando el sistema eléctrico; tener abastos de combustible suficientes para operar el generador eléctrico al menos 20 días después del paso de un evento de fuerza mayor; poseer una cisterna de agua con la capacidad suficiente para suplir sus necesidad por al menos cinco días; y mantener abastos suficientes de artículos de primera necesidad e higiene personal.
La medida propone que los servicios de energía, agua y suministros deberán estar disponibles a la población por al menos 16 horas al día. “En el caso de los asilos de ancianos, égidas y hogares de niños y adultos, estos servicios tendrán que ser ofrecidos directamente en la unidad privada de cada persona y no únicamente en áreas comunales”, rezó la medida.
Además, Rodríguez Negrón presentó el Proyecto de la Cámara 1497, que enmendará la Ley 17-2019, conocida como Ley de Política Pública Energética de Puerto Rico para incluir a los asilos de ancianos, égidas y centros de cuido de adultos mayores dentro de las instalaciones de servicios indispensables del sistema eléctrico de Puerto Rico. La medida también declara las utilidades básicas como un derecho para la vida y salud de los adultos mayores.
Actualmente, la Ley de Política Pública Energética no incluye los asilos de ancianos y centros de cuidado de adultos mayores. La Ley 17-2019, según enmendada, dispone que solo las instalaciones de salud, estaciones de policía y fuerzas armadas, estaciones de bomberos, oficinas de manejo de emergencias, refugios para manejo de emergencias, prisiones, puertos, aeropuertos, instalaciones utilizadas para proveer servicios de telecomunicaciones, instalaciones para el suministro y tratamiento de agua y tratamiento de aguas residuales e instalaciones educativas son consideradas como servicios indispensables.
“Así nos aseguramos de que estas instalaciones sean más resilientes y tengan preferencia en el establecimiento de micro redes, generación distribuida y soterrado de líneas de distribución que permitan la continuidad del servicio o un rápido restablecimiento”, indica la exposición de motivos. INS
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