P. Rico-Cambia fecha de venta sin IVU de artículos y equipos relacionados con la temporada de huracanes: será el fin de semana del 17 de junio

Algunos de los artículos que se venderán sin IVU. / Inter News Service

San Juan, 25 may (INS).- El secretario del Departamento de Hacienda, Francisco Parés Alicea, informó hoy de un cambio de fecha para la venta especial sin Impuesto Sobre Ventas y Uso (IVU) de artículos y equipos necesarios para la temporada de huracanes: será finalmente el fin de semana del 17 de junio.

“Atendiendo el pedido de los comerciantes, de contar con más tiempo para ofrecer un inventario más amplio en artículos y equipos relacionados con la temporada de huracanes, movimos la fecha de ventas sin IVU para el fin de semana del 17, 18 y 19 de junio”, anunció el funcionario.

Parés Alicea explicó que comerciantes se acercaron tanto a él como al gobernador Pedro Pierluisi, para solicitar tiempo adicional para poder contar con más inventario de los artículos y equipos que se incluyeron en la Ley 20 de 2022, firmada hace apenas unas semanas.

Esa ley enmendó el Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011, para eximir del pago del IVU a ciertos artículos y equipos de primera necesidad, para que los ciudadanos se preparen ante posibles eventos atmosféricos.

La temporada de huracanes comienza el 1 de junio y culmina el 30 de noviembre de cada año. La Ley 20-2022 faculta al secretario de Hacienda para asignar el fin de semana correspondiente al primer año que entre en vigor.

Para años subsiguientes, se establece que las ventas se llevarán a cabo el último fin de semana del mes de mayo. El secretario emitirá una carta circular especificando el período no más tarde del 1 de mayo de cada año.

Las ventas sin IVU comenzarán a las 12:01 del viernes 17 de junio y culminarán a la medianoche del domingo 19 de junio. Estarán disponibles para la venta sin IVU artículos y equipos de preparación.

Estos incluyen envases, tanques y cisternas para combustible y agua; tormenteras; herrajes, anclaje y tornillería; madera en palos y paneles no tratados; sogas y amarres; paneles de zinc; alimentos no perecederos; agua, artículos de limpieza e higienización y piezas y productos para reparación y mantenimiento de generadores y equipo solar de emergencia.

En cuanto a los equipos de preparación, se podrán adquirir sin IVU: generadores portátiles cuyo precio no exceda los tres mil dólares; baterías individuales o paquetes; lámparas operadas con baterías o energía alternativa, linternas, velas y fósforos; equipo solar de emergencia; herramientas como taladros, sierras y martillos; estufas y hornillas de gas; gas en cilindros y tanques.

Además de escaleras; contraventanas para huracanes; hachas y machetes; abridores de lata no electrónicos; neveras portátiles; extintores de incendio; detectores de humo o de monóxido de carbono operados con baterías; botiquines de primeros auxilios; artículos reusables o artificiales de congelación; baterías de teléfonos y cargadores de móviles; radios portátiles; abanicos operados con baterías o energía alternativa y lonas u otro material flexible. INS

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