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Miguel Romero. / Inter News Service
San Juan, 29 dic (INS).- El alcalde de San Juan, Miguel Romero Lugo, firmó una nueva orden ejecutiva que hace obligatoria la vacunación para los empleados municipales, así como los contratistas o subcontratistas que trabajen presencial o visiten las oficinas del municipio.
Además, toda persona natural o jurídica que utilice instalaciones municipales para presenciar algún espectáculo, evento o actividad en el que se propicie la aglomeración de 500 visitantes o más, tendrá la responsabilidad de requerir a sus invitados o asistentes estar vacunados contra Covid-19 y presentar un resultado negativo de Covid-19 proveniente de una prueba viral realizada dentro de un término máximo de 48 horas, antes de acceder a la instalación municipal.
En el caso de espectáculos, eventos o actividades cuya asistencia sea menor de 500 visitantes, se requerirá cumplir con uno de los requisitos mencionados anteriormente: entiéndase certificado de vacunación o prueba viral negativa.
En la orden ejecutiva MSJ-038, serie 2021-2022, Romero Lugo expresa que, ante el repunte de casos positivos de Covid-19 en Puerto Rico, la nueva reglamentación busca ser una herramienta de salud y seguridad.
Menores en eventos públicos
La orden prohíbe, además, la asistencia de menores de cinco años o menos a eventos en instalaciones municipales, ya sea en formato cerrado o abierto, aunque cuenten con una prueba viral cualificada, debido a que estos aún no han sido autorizados para recibir las vacunas contra el coronavirus.
No obstante, se permitirá la entrada de menores de cinco años si el espectáculo, evento o actividad cuenta con la dispensa correspondiente emitida por el secretario del Departamento de Salud.
Excepciones a la vacunación
Los únicos empleados, contratistas y subcontratistas del municipio que laboren de manera presencial y estarán exentos de cumplir con la directriz son aquellos cuyo sistema inmunológico está comprometido, sean alérgicos a las vacunas o tienen alguna otra contraindicación médica que impida la inoculación o por creencia religiosa.
Ellos deberán presentar certificado de un médico autorizado a ejercer su práctica en Puerto Rico, donde se precise la duración de la contraindicación médica e indicar si esta es temporera o permanente. También deberán presentar periódicamente una prueba negativa de Covid-19. INS
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